JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 26 de noviembre de 2012
201° - 153°
Exp. N° 1081-10

En el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente MEIL, C.A. en contra de la Resolución No. SNAT-INTI-GRTI-RZU-DJT-CRJ-VAP-2009-000371 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Zuliana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT); en fecha 24 de febrero de 2011 este Tribunal mediante resolución No. 059-2011 declaró perimida la instancia y por consiguiente extinguido el presente proceso y se, ordenó notificar de la misma a la Procuradora General de la Republica.
El 06 de noviembre de 2012 el abogado Avilio Muñoz presenta escrito, en su carácter de apoderado sustituto de la Procuradora General de la Republica dándose donde señala que la contribuyente cancelo las obligaciones tributarias exigidas, de esta manera se considera notificada tácitamente la Procuradora General de la Republica de la Resolución 059-2011.
En razón de lo anterior, se considera que las notificaciones ordenadas en dicha sentencia fueron efectivamente cumplidas; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 06 de abril de 2011.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 24 de febrero de 2011, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo
La Secretaria

Abg. Yusmila Rodríguez

Resolución No. _______-2012.-