JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 21 de noviembre de 2012
202° - 153°

Exp. N° 360-05

En el presente Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la República Bolivariana de Venezuela en contra de la contribuyente TRANSPORTE, SERVICIO Y MANTENIMIENTO HARLEY C.A.; en fecha 05 de octubre de 2012 este Tribunal declaró consumada la perención, ordenándose notificar de la misma. En la misma fecha, se libró boleta de notificación dirigida a la República o a cualquiera de sus apoderados constituidos en actas.
En la misma fecha se libra boleta de notificación dirigido a la Procuradora General de la Republica o cualquiera de sus apoderados y el Alguacil de este Tribunal de este Tribunal consignó la referida de notificación recibida, firmada y el 26 de octubre de 2012.
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 20 de noviembre de 2012.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 05 de octubre de 2012, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo
La Secretaria,

Abg. Yusmila Rodríguez Romero.



Resolución No. _______-2012.-