REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintiséis (26) de noviembre de dos mil doce (2012).-
Años: 202º y 153º
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2012-000215
PARTE ACTORA: DENNYS ALEXANDER RODRÍGUEZ
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RICARDO VARGAS NÚÑEZ y GABRIEL VÁSQUEZ IRAUSQUIN
PARTE DEMANDADA: OPERADORA SOL 3000, C.A (HOTEL PUERTA DEL SOL-PORLAMAR)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VICENZA MILITELLO LA FRANCA, DOLORES GLORIA VALENZUELA CLARKE y DEL VALLE DAMELIS JIMÉNEZ DE MALDONADO.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, veintiséis (26) de noviembre de dos mil doce (2012), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45.a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-L-2012-000215, se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez FIDEL HERNÁNDEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora y de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
EL JUEZ,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. PAULA DÍAZ MALAVER.
|