EXP. N° 3948
República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
PARTE NARRATIVA
Consta de los autos solicitud de autorización judicial para cobrar introducida por el adolescente LEONARDO JESUS FERNANDEZ FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 25.979.989, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por la Defensora Pública Especializada Décimo Segundo abogado HENRY ALVAREZ, quien obra a favor y en su beneficio.
Señala el solicitante que en fecha 06 de Febrero de 2010, falleció su progenitora ciudadana ANAGUSTINA FERNANDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.257.934, según consta del acta de defunción N° 27 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Libertador del Municipio Machiques de Perija del Estado Zulia y en razón de esto es por esto que solicita se le otorgue la debida autorización para cobrar las cantidades de dinero que le puedan corresponder como herederos de su difunta madre y que se encuentran en l la Institución Bancaria Banco Occidental de Descuento.
En fecha 16 de Septiembre de 2010, se le dio entrada y se admitió en este Tribunal la solicitud, ordenándose notificar al Fiscal del Ministerio Público, cuya boleta fue agregada a las actas del expediente en fecha 22 de octubre de 2010.
A través de sentencia de fecha 22 de octubre de 2010, este Tribunal concedió autorización para proceder a cobrar por ante el Banco Occidental de Descuento, las cantidades que le corresponden al adolescente de autos como heredero de su difunta madre.
Mediante auto de fecha 18 de julio de 2011, este Tribunal ordenó abrir una Cuenta de Ahorros por la cantidad de (Bs. 4.117,27) en el Banco Bicentenario, a nombre del adolescente de autos.
En fecha 26 de Octubre de 2011, se entrego la libreta de ahorros N° 0175-0320-11-0060721090, al ciudadano LEONARDO FERNANDEZ.
Mediante diligencia de fecha 07 de noviembre de 2012, el ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor, de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 25.979.989, asistido en este acto por la Defensora Pública Décima segunda abogada JUANA JOSEFINA GONZALEZ, solicitó a este Tribunal le sea entregada la TOTALIDAD del dinero que les corresponde del dinero depositado que se encuentra depositado en Banco Bicentenario, en virtud de haber alcanzado su mayoría de edad.
Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con la siguiente consideración:
PARTE MOTIVA
Observa el Tribunal que en el caso sub-iudice, el ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, ya es mayor de edad.
Por otro lado, tomando como prueba la copia certificada del acta de nacimiento N° 287, de la cual se constata que el ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, ya tiene dieciocho (18) años de edad, y por lo tanto es mayor de edad. En este orden de ideas, según lo dispuesto en los artículos 2 ° y 177 ° parágrafo cuarto literal (d) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes:
Artículo 2. Definición de niño, niña y adolescente.
Se entiende por niño o niña toda persona con menos de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.
Si existieren dudas acerca de si una persona es niño o adolescente, niña o adolescente, se le presumirá niño o niña, hasta prueba en contrario. Si existieren dudas acerca de si una persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le presumirá adolescente, hasta prueba en contrario.
Artículo 177°. “Competencia de la Sala de Juicio. El Juez designado por el presidente de la Sala de juicio según su organización interna, conocerá en primer grado de las siguientes materias:
Parágrafo Cuarto: Otros asuntos:
d) Obligación alimentaría”.
Asimismo, el artículo 18 del Código Civil dispone:
“Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años.
El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales”.
Sin embargo, en el caso de autos ha cambiado la situación de derecho, porque se ha extinguido el régimen de minoridad del ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, y por lo tanto ha cambiado ya no una situación de hecho sino de derecho, ya que el mencionado ciudadano es mayor de edad, encontrándose el mismo dentro del régimen de mayoridad, con ahora una situación de derecho distinta, con sus consecuencias jurídicas.
Por las razones antes expuestas y como quiera que la persona de LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, es mayor de edad, este Juez Unipersonal Nº 1, debe declararse incompetente para conocer de la presente causa en cuanto a su persona, y así debe declararse.
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
A) QUEDA EXTINGUIDO EL REGIMEN DE LA NIÑEZ Y/O ADOLESCENCIA del ciudadano, LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, antes identificado.
B) AUTORIZAR al ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, a retirar la TOTALIDAD del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros N° 0175-0320-11-0060721090, que a su nombre y a la orden de este Tribunal se encuentra aperturada en el Banco Bicentenario. En consecuencia se ordena oficiar a dicha entidad bancaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los (27) días del mes de Noviembre de 2.012. Años 202º de la Independencia y 151º de la Federación.
El JUEZ UNIPERSONAL N° 1 (Temporal)
ABG. FERNANDO ESTRADA ROMERO
La Secretaria,
MGS. ANGELICA MARIA BARRIOS
En la misma fecha en horas de Despacho se publicó el presente fallo bajo el Nº 672 en la carpeta de sentencias definitivas llevada por este Tribunal durante el presente mes y año y se oficio bajo el N° 12-822. La Secretaria.
HPQ/342*
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio – Juez Unipersonal N°1
Maracaibo; 27 de Noviembre de 2012
200° y 151°
EXPEDIENTE Nº 3293
OFICIO Nº 12-822
CIUDADANO:
GERENTE DEL BANCO BICENTENARIO
CIUDAD.-
Participo a usted que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, ordenó oficiarle a fin de AUTORIZAR SUFICIENTEMENTE al ciudadano LEONARDO FERNANDEZ FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 25.979.989, para que retire la TOTALIDAD del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros N N° 0175-0320-11-0060721090, que a su nombre y a la orden de este Tribunal, aperturada en esa Entidad Bancaria.-
DIOS Y FEDERACION
ABG. FERNANDO ESTRADA ROMERO
JUEZ TEMPORAL UNIPERSONAL N°1
LA SECRETARIA
MGS. ANGELICA MARIA BARRIOS
HPQ/ 342*
|