En horas de despacho del día hoy Viernes 30 de Noviembre de 2012, siendo las 10:31a.m., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5422-12 conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, relacionada con el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue YOELIS CARINA VALERA MONTILLA, titular de la cédula de identidad número 14.399.859 contra JOSE ANGEL TORREALBA CASTILLO, titular de la cédula de identidad número 14.844.521 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia., se procedió a notificar a KAREN DAW, portador (a) de la Cédula de Identidad Número V-19.484.133, con el carácter de ASESOR LEGAL y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de JOSE ANGEL TORREALBA CASTILLO, expuso: Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano JOSE ANGEL TORREALBA CASTILLO, parte demandada, labora como Empleado al servicio de esta Empresa.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Empresa CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE: A) Medida de embargo preventivo sobre el treinta por ciento (30%) mensual del sueldo, que devenga el demandado de autos quien labora empleado en la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, para satisfacer la obligación de manutención de los beneficiarios MILAGROS DE LOS ANGELES TORREALBA VALERA; B) Medida de embargo preventivo sobre el treinta por ciento (30%) anual del bono vacacional, utilidades o bonificaciones especiales que le correspondan al ciudadano JOSE ANGEL TORREALBA CASTILLO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 14.844.521, para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de navidad. C) Medida de embargo preventivo sobre el cien por ciento (100%) de primas por hijos, de útiles escolares y juguetes, en caso que el ciudadano demandado goce de los beneficios retener tales conceptos que le puedan corresponder a los niños de autos. D) Medidas de embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, caja de ahorros, y sobre cualquier otro concepto que le puedan corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. ASÍ SE CONFIRMA.- Este Tribunal deja constancia que las cantidades retenidas en los literales “A”, “B” y “C”, deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos ciudadana YOELIS CARINA VALERA MONTILLA o remitirlas en cheque de gerencia a nombre del tribunal de protección del niño, niñas y adolescentes de la circunscripción judicial del estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal No 04 y las retenidas en el literal “D” en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, expediente No. 23116 termino, se leyó y conforme firman.-
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
Gil/nmg-
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