En horas de Despacho del día de hoy, JUEVES VEINTINUEVE (29) de Noviembre de dos mil Doce (2012), siendo las TRES DE LA TARDE (03:00 P.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para RETIRAR MEDIANTE CHEQUE LA REFERIDA CANTIDAD DE DINERO, decretada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, relacionada con el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y EJECUCION DE FIANZA sigue LA REPÚBLICA BOLÍVARIANA DE VENEZUELA contra Las Sociedades Mercantiles BOMBEO DE CONCRETO C.A. (BOMDECO, C.A.) y UNIVERSAL DE SEGUROS, C.A., se trasladó y constituyó el Tribunal en la sede del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado en el Edificio Torre Mara, avenida El Milagro, en jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente, se procedió a notificar a la ciudadana MARIA ROSA ARRIETA FINOL, titular de la Cédula de Identidad Número V-7803767 con el carácter de SECRETARIA TITULAR del mencionado Juzgado donde se encuentra constituido el Tribunal y a quién se impuso del motivo de la presencia del Tribunal. Seguidamente éste Tribunal Ejecutor y una vez llevada a efecto la notificación correspondiente procede a solicitar a la Secretaria del Juzgado donde se encuentra constituido, el Expediente No. 13.152 a los fines de constatar cantidades de dinero que se encuentren a la orden del TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA y que fueron embargado preventivamente en fecha CATORCE (14) de Abril de DOS MIL ONCE (2011), para que proceda hacer entrega en este acto del referido cheque por la cantidad de QUINIENTOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.510.134,58). En este estado presente la ciudadana MARIA ROSA ARRIETA FINOL, antes identificada, expuso: “Hago saber a este Tribunal que el expediente No. 13.152, no se encuentra en este Tribunal conforme al libro cronológico No. 22 en el rubro correspondiente al expediente signado con el No. 13.152 se evidencia que fue remitida la pieza de medida al órgano Distribuidor Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial conforme a oficio No.0525-2012 de fecha TRES (3) de Mayo de 2012 junto a un juego de copia certificada. Y las piezas principales contentivas de Tres (3) fue remitido al órgano Superior
conforme a oficio signado con el No. 1173 de fecha DEICISEIS (16) de Octubre de 2012, pero las cantidades de dinero si se encuentran depositadas en la cuenta del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia conforme se evidencia del Libro Control Cuenta Corriente llevado por este Tribunal por lo que procederé hacer entrega del cheque en este mismo acto en virtud de lo ordenado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Caracas en fecha CINCO (5) de Noviembre de 2012 a los fines de dar cumplimiento por parte de este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia por la cantidad de QUINIENTOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.510.134,58) cantidad esta que fue embargada en este mismo Tribunal por el Juzgado Quinto Ejecutor de medidas en fecha CATORCE (14) de Abril de 2011”. Acto seguido, este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE A LEY, DECLARA QUE RETIRA EN ESTE ACTO MEDIANTE CHEQUE No. 72490268, DE LA CUENTA CORRIENTE No. 01750060180000003006, A NOMBRE DE LA CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO GIRADO CONTRA LA ENTIDAD BANCARIA BICENTENARIO, POR LA CANTIDAD DE QUINIENTOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.510.134,58) para ser consignado ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, cantidad esta que se encontraba embargada preventivamente en el Expediente No. 13.152 en su Pieza de Medidas, nomenclatura del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Finalmente se hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia.- Se cierra la presente Acta a las TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (03:30 P.M.). Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
LA NOTIFICADA:
ABOG. GUILLERMO INFANTE
LA SECRETARIA:
COMISION No. 5411-12
EXP No. AW41-X-2010-000018
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