REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, Doce (12) de noviembre del 2012, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, exp. 7856, contentivo del juicio de Cobro de Bolívares (Intimación) seguido por el ciudadano JUAN GABRIEL AUGUST URDANETA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 13.705.955, contra la sociedad mercantil EPSILON C.A., identificada en actas, juicio en el cual el tribunal de la causa comisionó suficientemente a los fines de practicar Medida de Embargo Preventiva sobre bienes muebles propiedad de las partes demandadas, hasta cubrir la cantidad de Ochenta y Ocho mil quinientos treinta Bolívares con veintidós céntimos, y en caso de embargar cantidades de dinero será hasta por la cantidad de Sesenta y seis mil cuatrocientos Bolívares con Sesenta y seis céntimos.- Librado el Despacho respectivo le fue asignado el mismo por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-5112-2012, de fecha 31-07-12.- Seguidamente el tribunal se constituye en compañía de la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio MARIA AUXILIADORA CHACIN DE LIDUEÑA, inscrita en el inpreabogado No. 48.013, en la siguiente dirección: Sede de la empresa EPSILON, ubicada en la avenida 15ª con calle 67 Centro Comercial Caico, local 1-8 Municipio Maracaibo Estado Zulia.- De inmediato el Tribunal procede a notificar del traslado y constitución del mismo a una ciudadana que se identificó con cédula personal como MARIA FERRER SILVA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad 12.873.669, quien manifestó ser Recepcionista.- De inmediato la notificada solicita un tiempo prudencial a los fines de comunicarse con la administradora de la empresa.- El Tribunal concede un lapso de espera de veinte minutos a partir de la hora de constitución.- Siendo las diez de la mañana la ciudadana notificada via telefonica se comunica con la ciudadana DEYSI SALAZAR, en su carácter de administradora de la Empresa EPSILON, quien solicitó hablar con la persona encargada de la medida, respondiendo dicha solicitud la apoderada judicial del demandante.- Concluida la comunicación telefónica de la ejecutante con la ciudadana administradora.- En este estado expone la apoderada judicial: “Por cuanto la ciudadana administradora me comunicó vía telefónica que a mi poderdante ciudadano JUAN AUGUST URDANETA, ya le habían cancelado la obligación con él contraída, situación que hasta el momento de esta ejecución esta representación judicial desconocía, procedí a comunicarme con mi poderdante a los fines legales correspondientes, afirmándome el mismo que la medida la suspendiera por cuanto la demandada había realizado un pago, en virtud de esto y en vista que la actitud de mi poderdante refleja una falta de etica y de consideración hacia mi persona, me reservo en este acto las acciones legales en su contra que resarzan el perjuicio que en este momento el ocasiona no solo a la administración de justicia sino también a mi persona como profesional del derecho. En consecuencia solicito al Tribunal remita las presentes actuaciones al tribunal de origen a la mayor brevedad posible.- Vista la exposición que antecede y por cuanto ha sido solicitado la remisión del presente exhorto este TRIBUNAL EJECUTOR, acuerda remitir la presente sin cumplir al Tribunal Comitente a solicitud de la parte ejecutante.- Así se Decide.- El Tribunal deja constancia que estuvo presente en este acto el perito avaluador ciudadano IGOR DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.170.472.- El Tribunal estuvo custodiado por el oficial jefe MIGUEL BERNAL, credencial 3684. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Norma Fundamental de la República Bolivariana de Venezuela. Concluye el acto siendo once de la mañana del día de hoy.- Terminó, Se leyó y conformes firman.
La Juez
Msc.Zimaray Carrasquero
LA EJECUTANTE, LA NOTIFICADA,
La secretaria,
El Perito Avaluador,
Abg. Linda Avila.
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