REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.578.-

En el día de hoy, 09 de Noviembre del año dos mil doce, siendo las 10:20 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Ministerio del Poder Popular para la Educación, ubicada en la Avenida 8 Santa Rita, calle 67 Edificio La Estrella, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 22833. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana MARIELA DEL VALLE RIOS FERNANDEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 7.825.992, a favor del adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE MOLERO NUÑEZ, portador de la Cédula de Identidad No. V- 8.506.505.- En este estado presente el ciudadano (a): GABRIELA CUADRADO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.231.488, quién se identifico con el carácter de ABOGADA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre: A) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) del sueldo que percibe el ciudadano NELSON ENRIQUE MOLERO NUÑEZ, como Empleado del Ministerio de Educación, del Liceo Jesús Enrique Lossada, Municipio Escolar Maracaibo 3.- B) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) por Bonos de Transferencias, Comisiones, Vacaciones o Bono Vacacional, Aguinaldos y cualquier otro concepto que reciba con la ocasión de trabajo.- C) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre cualquier cantidad que pudiere corresponderle al ciudadano NELSON ENRIQUE MOLERO NUÑEZ, en su relación laboral.- D) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las siguientes cantidades: A) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) del sueldo que percibe el ciudadano NELSON ENRIQUE MOLERO NUÑEZ, como Empleado del Ministerio de Educación, del Liceo Jesús Enrique Lossada, Municipio Escolar Maracaibo 3.- B) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) por Bonos de Transferencias, Comisiones, Vacaciones o Bono Vacacional, Aguinaldos y cualquier otro concepto que reciba con la ocasión de trabajo.- C) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre cualquier cantidad que pudiere corresponderle al ciudadano NELSON ENRIQUE MOLERO NUÑEZ, en su relación laboral.- D) EL CUARENTA POR CIENTO (40%) sobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, y C” deberán ser entregadas directamente a la ciudadana MARIELA DEL VALLE RIOS FERNANDEZ, antes identificada, en cheque de gerencia a nombre de la misma y la cantidad contenida en el literal “D” deberá ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑA, Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL NO. 01. EXP. No. 22833.- Asimismo se ordena suministrar información al Tribunal de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10;30 AM.
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA P.-