REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA,
TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

Porlamar, 08 de Noviembre de 2012.
202° y 153°

Revisadas las actas procesales que conforman la presente solicitud, contentiva de la RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, interpuesta por la ciudadana, VIDALINA MARGARITA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 8.385.190, domiciliada en la Calle Sucre del Sector Palguarime, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ALINA GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 167.514, y por cuanto se desprende de los autos que el acta de Defunción objeto de la Rectificación solicitada, pertenece al Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLINA LA COMPETENCIA, en razón del Territorio al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a quien se ordena remitir la presente solicitud en forma original, a objeto de que siga conociendo de la presente causa.
EL JUEZ,


Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA MARCANO RODRÍGUEZ.

YR.-
Sol: 12-3012.-