ASUNTO : VP02-S-2010-007718
RESOLUCION N°2137-12
Visto el escrito presentado por la FISCALÍA SEXTA del Ministerio Publico, mediante el cual notifica a este Juzgado de Control, Audiencia y Medidas, que en fecha: 17 de Febrero de 2011, DECRETO EL ARCHIVO FISCAL, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, de la investigación instruida en contra del ciudadano: HIRAM ADOLFO IRIARTE NAVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V7.768.274, con domicilio en el Municipio Maracaibo estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: HAYDEE TERESA VARGAS DE IRIARTE, titular de la cédula de identidad N°V.-9.735.423; esta Juzgadora observa que el Representante del Ministerio Público, es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 Ejusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando surjan nuevos elementos de convicción. Evidenciándose que para el asunto de marras, se cumplieron los requisitos legales, y tomando en consideración que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado Venezolano, ni intereses colectivos y difusos, no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En razón de lo cual esta Sentenciadora ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL y DECRETA EL CESE DE TODA MEDIDA IMPUESTA AL CIUDADANO: HIRAM ADOLFO IRIARTE NAVA EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA.- ASI SE DECLARA.-
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano: HIRAM ADOLFO IRIARTE NAVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V7.768.274, con domicilio en el Municipio Maracaibo estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: HAYDEE TERESA VARGAS DE IRIARTE, titular de la cédula de identidad N°V.-9.735.423, y DECRETA EL CESE DE TODA MEDIDA IMPUESTA AL CIUDADANO: HIRAM ADOLFO IRIARTE NAVA EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo ORDENA la remisión de las presentes actuaciones a la FISCALIA QUINCUAGESIMA PRIMERA del Ministerio Público, dándose así respuesta a la petición que formulara el ciudadano: HIRAM ADOLFO IRIARTE NAVA en fecha 26 de Octubre de 2012. ASI SE DECIDE-CUMPLASE.- Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese a las partes.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,
DRA. ROSARIO CHACON DE GUERRERO.
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREINA RAMIREZ.
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