ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000386
PARTE ACTORA: GUSTAVO GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KAREN RODRIGUEZ.
PARTE DEMANDADA: CONDOMINIO EDIFICIO ROBALO.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DANIELA VEGA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, (22) de noviembre del 2012, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana KAREN RODRIGUEZ en su carácter de apoderada judicial de del ciudadano GUSTAVO GONZALEZ y la abogada DANIELA VEGA en su carácter de apoderada judicial del CONDOMINIO EDIFICIO ROBALO, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente la abogada DANIELA VEGA en su carácter de apoderada judicial del CONDOMINIO EDIFICIO ROBALO expone: “ En nombre de mi representada, CONDOMINIO EDIFICIO ROBALO, para dar por terminada la presente causa, ofrezco por los conceptos demandados la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.3.500,00), pagaderos en pago único, para el día de 06 DE DICIEMBRE DEL 2012, por ante el Tribunal, es todo”. En este acto presente el ciudadano GUSTAVO GONZALEZ representado por la abogada KAREN RODRIGUEZ, parte actora expone: Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, y el lapso solicitado para su pago por cuanto con la cantidad ofrecida esta satisfecha mis pretensiones, explanadas en el libelo de demanda, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace entrega de las pruebas.
LA JUEZ
ABG.ANA AVILA
EL SECRETARIO
LOS PRESENTES
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