REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SOTILLO, LIBERTADOR Y URACOA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MONAGAS
Barrancas, 23 de Noviembre de 2012
201º y 153º
EXPEDIENTE Nº 00884
SOLICITANTE: JONMEL JOSÉ JARY FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 14.652.908, domiciliado en la población de Barrancas del Orinoco, Municipio Autónomo Sotillo del Estado Monagas.-
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO JESUS LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.929.101 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 156.996.-
MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
En fecha 05 de Junio de 2012, fue presentada solicitud por el ciudadano: JONMEL JOSÉ JARY FLORES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de Barrancas del Orinoco, Municipio Autónomo Sotillo del Estado Monagas; asistido por el abogado en ejercicio PEDRO JESUS LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V - 8.929.101 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.996 donde solicita inserción de Partida de Nacimiento en los Libros de Registro Civil del Municipio Autónomo Sotillo, Estado Monagas.-Alega el solicitante que nació en la población de Barrancas del Orinoco, Municipio Sotillo del Estado Monagas en fecha 15 de Mayo del año 1.977, siendo sus padres los ciudadanos: MELQUIADES JOSÉ JARY y DANNY JOSEFINA FLORES DE JARY, en busca minuciosa practicada en el archivo de los Libros de Nacimientos llevados por el Registro Principal del Estado Monagas, manifiestan que no aparece registrada su respectiva Partida de Nacimiento, como se puede evidenciar según constancia expedida por la ciudadana Registradora
Principal del Estado Monagas Abog Xiomara Oliveros.- Admitiéndose la misma por no ser contraria a las disposiciones del Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil en fecha 12 de junio de 2012, inserto al folio (04) del presente expediente.- A los fines de probar lo alegado en autos el solicitante consigna a los mismos: Constancia expedida por la Registradora Principal del Estado Monagas, marcada en (folio 04) Probado como ha sido lo alegado y visto que la presente solicitud no amerita la tramitación de un juicio ordinario de INSERCION DE PARTIDA; por cuanto se considera que este Juzgado, tiene competencia por la materia en la Jurisdicción Voluntaria y procede a resolverlo meramente con un trámite caracterizado por la uniformidad, simplicidad y con la celeridad de una Justicia Social contemplado en nuestra Carta Magna a través del Capitulo III DERECHOS CIVILES en su artículo 56 que establece “toda persona tiene derecho a un nombre propio” y “Toda persona tiene derecho a ser inscrita gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la Ley” y en tal sentido este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena al solicitante, ciudadano JONMEL JOSÉ JARY FLORES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de Barrancas del Orinoco, Municipio Sotillo del Estado Monagas; asistido por el abogado en ejercicio PEDRO JESUS LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.929.101 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.996; que ubique y solicite su respectiva Partida de Nacimiento en la Oficina de Registro Civil en San Félix Estado Bolívar; por cuanto se ha recibido oficio N° 345 – 12 de fecha 06 Noviembre 2.012 emanado de la Oficina Principal del Servicio Administrativo Identificación Migración Extranjería en San Félix Estado Bolívar (folio 19), donde el anteriormente identificado ciudadano aparece registrado en el sistema de identificación, llevado por esa dependencia oficial.- En consecuencia, remítase mediante oficio dirigido a las autoridades correspondientes, las copias certificadas de la presente decisión.-
REGISTRESE, PUBLIQUESE, DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS Y LIBRESE OFICIO.-
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.-En Barrancas del Orinoco, Veintitrés (23) de Noviembre del presente año (2012).- AÑOS: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez,
Abog. Francisco Antonio Natera Castillo
La Secretaria,
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez.
En esta misma fecha, siendo las 11:00 horas de la mañana, se registró y publicó la anterior sentencia.-
La Secretaria
Abog. Yaneth Josefina Natera Sánchez
FANC/ercilia
EXP Nº 00884
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