REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturin, 13 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2010-000460
ASUNTO : NP01-D-2010-000460
JUEZA DE EJECUCION: ABG. LILIAM LARA ANDARCIA
SECRETARIA: ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA
RESOLUCION: REVISIÓN DE LA MEDIDA
De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Tribunal procede a efectuar LA REVISION DE MEDIDA, que cumple el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES BAJO LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA SIMULTÁNEAMENTE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ALEJANDRA PALMA, observando lo siguiente:
En fecha 07 de Junio de 2012, se realizó la Ejecución de la sanción impuesta al sancionado de autos, siendo impuesto de la referida decisión en fecha 12-06-2012 y se le informó que sus presentaciones debería de realizarla por ante el Departamento de Trabajo Social de este organismo judicial, correspondiéndole la supervisión a la Licenciada Erika Lara.
Asimismo, se recibió Informe presentado por el Departamento de Servicio Social, en el cual se evidencia que el joven inició sus presentaciones en fecha 19/06/2012, efectuándolas mensualmente, es analfabeta, labora eventualmente como obrero, vive en pareja y tiene un bebé de 06 meses de nacido, siendo su pronostico favorable.
Se observa, que desde el día 19/06/2012 hasta el día de hoy 13/11/2012, el joven ha cumplido con la medida por el lapso de CUATRO (04) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, Faltándole por cumplir UN (01) AÑO, UN (01) MES Y CINCO (05) DIAS.
Siendo que el Sancionado está cumpliendo con las medidas impuestas, ha comparecido puntualmente a sus presentaciones, siendo necesario se les sigan impartiendo herramientas y estrategias de gran utilidad para poder avanzar sin llegar a delinquir nuevamente, continuar reforzándose las diversas áreas de estudio, considera este Tribunal conveniente MANTENER LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, a fin de lograr una reinserción optima a la sociedad y a su grupo familiar, y que comprendan el buen obrar que debe guiar sus actuaciones en la vida, y el pleno desarrollo de sus capacidades.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES BAJO LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA SIMULTÁNEAMENTE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, quien ha cumplido con dicha medida por el lapso CUATRO (04) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, Faltándole por cumplir UN (01) AÑO, UN (01) MES Y CINCO (05) DIAS. Impóngase del presente auto al sancionado. SE FIJA LA PRÓXIMA DECISIÓN PARA EL DÍA LUNES 15 DE ABRIL DE 2013. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y a la Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.-
LA SECRETARIA,
ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA.
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