ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001329
PARTE ACTORA: ANGEL PIRELA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Carlos del Pino
PARTE DEMANDADA: STAHL GROUP, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Yenny Cano
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 20 de Noviembre de 2012, siendo las 10:05 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANGEL PIRELA y STAHL GROUP, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, la parte demandada ofrece la cantidad de cincuenta mil Bolívares fuertes (Bs.F. 50.000,00) los cuales le serán entregados de la siguiente manera: el día viernes 30 de Noviembre la cantidad de veinticinco mil Bolívares fuertes (Bs.f. 25.000,00) y para el día miércoles 30 de Enero de 2013 la cantidad de veinticinco mil Bolívares fuertes (Bs.F. 25.000,00) en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Ahora bien en caso de incumplimiento de la primera cuota se considera la deuda de plazo vencido pudiendo cobrar la totalidad de lo acordado. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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