ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001507
PARTE ACTORA: JOSE RAMON QUINTERO CHOURIO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO PIRELA
PARTE DEMANDADA: BLINDADOS DEL ZULIA OCCIDENTE, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Rossana Gómez
MOTIVO: Enfermedad Ocupacional.
En el día hábil de hoy,19 de Noviembre de 2012, siendo las 2:07 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE RAMON QUINTERO CHOURIO y BLINDADOS DEL ZULIA OCCIDENTE, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cuarenta mil Bolívares fuertes (Bs.F. 40.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales les serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal a las 11:00 a.m. el día viernes 14 de Diciembre de 2012 . En este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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