REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, Quince (15) de Mayo del 2012, siendo las Diez de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, exp. 2715, contentivo del juicio de Cobro de Bolívares Vía Intimación seguido por la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A. inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 13-06-1977, bajo el No. 1, tomo 16-A, en contra de la Sociedad Mercantil R & C CONSTRUCCIONES COMPAÑÍA ANONIMA, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 18-05-1998, bajo el No. 44, tomo 28-A y el ciudadano ROMER ANGEL PETIT, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 3.051.172, juicio en el cual el tribunal de la causa comisionó suficientemente a los fines de practicar Medida de Embargo Preventiva sobre bienes muebles propiedad de las partes demandadas, hasta cubrir la cantidad de Ochenta y Nueve mil trescientos cincuenta y ocho Bolívares con noventa y dos céntimos (Bs. 89.358,92) que constituye el doble de la suma de la deuda reclamada y en caso de embargar cantidades de dinero la ejecución será hasta cubrir la cantidad desatenta y dos mil ochocientos doce Bolívares (Bs. 72.812,00). Librado el Exhorto respectivo le fue asignado el mismo por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-4617-2012, de fecha 17/04/2012. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora abogado ELLERY FERRER HERNANDEZ, inscrito en el inpreabogado No. 23.005, respectivamente, en la dirección que señalan a continuación donde se practicará la medida comisionada, la cual es: Sector Veritas, avenida 9B, con calle 83, Edificio Tachira, apartamento 8A del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, lugar donde reside el ciudadano Romer Petit codemandado de autos. Una vez constituido este tribunal en la dirección señalada, se realizaron los respectivos toques de Ley a las afueras del inmueble, no respondiendo persona alguna a dicho llamado, ante la insistencia del Tribunal se acercó el conserje que presta servicios en el Edificio manifestando que el propietario de ese apartamento no se encontraba en el inmueble. Acto continuo el apoderado judicial de la parte actora procede a ubicar vía telefónica al codemandado de autos, una vez realizada la ubicación el apoderado judicial de la parte actora, abogado en ejercicio ELLERY FERRER HERNANDEZ, expone: “ Por cuanto en comunicación telefónica realizada al codemandado de autos Romer Petit, me manifestó que no se encontraba para el momento de esta ejecución en la ciudad, comprometiéndose el mismo a acudir el día de mañana miércoles 16-05-2012, a mi oficina particular a los fines de concertar un acuerdo que resuelva lo planteado ante el Tribunal de la Causa, es por lo que solicito en este acto al Tribunal Ejecutor suspenda la ejecución de la medida comisionada y proceda a fijar nueva oportunidad de traslado y constitución del mismo a los fines indicados en el exhorto comisionado, es todo”.- Este Tribunal vista la solicitud del apoderado judicial de la parte actora, acuerda Suspender el acto de ejecución de la Medida Preventiva de Embargo comisionada por el Tribunal de la Causa, y en referencia a la fijación de nueva oportunidad para el traslado y constitución del Tribunal Ejecutor, dicha petición se acordará en auto por separado. Así se decide. El Tribunal estuvo custodiado por el oficial de la Policia del Estado Zulia Luis Carrillo, Credencial 0581. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Norma Fundamental de la República Bolivariana de Venezuela. Concluye el acto siendo las Once de la mañana. Terminó, Se leyó y conformes firman.
La Juez
Mg.S.Zimaray Carrasquero.
El Ejecutante,
La Secretaria,
Abg. Linda Avila.
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