REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 22 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-007694
ASUNTO : NP01-P-2009-007694
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano DANIEL JOSUÉ RODRÍGUEZ BATANCO, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, encabezamiento y primer aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal para decidir considera:
En fecha 29 de diciembre de 2009, se celebró audiencia de calificación de flagrancia por ante el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de esta Sede Judicial, decretándose al ciudadano DANIEL JOSUÉ RODRÍGUEZ BETANCOURT la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en presentaciones periódicas por ante el Departamento de Alguacilazgo de esta Sede Judicial, cada treinta (30) días, así como también se impuso de la obligación de mantener actualizado su domicilio.
En fecha 29 de Septiembre de 2010 se recibió escrito acusatorio presentado por la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público de este Estado, fijándose la correspondiente Audiencia Preliminar para el día jueves 14 de octubre de ese mismo año.
Ahora bien, observa esta juzgadora que el ciudadano DANIEL JOSUÉ RODRÍGUEZ BATANCO no ha podido ser ubicado hasta los actuales momentos, a los fines de hacer efectiva su citación, toda vez que se observa de las resultas de las notificaciones cursantes a los autos, consignadas por el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, que el ciudadano a citar no es conocido en la dirección aportada por éste, tal y como se desprende de las boletas de notificación insertas a los folios veintiún (21), sesenta y tres (63), ochenta y cinco (85), noventa (90), así como del acta de investigación penal suscrita por el uncionario Juan Carpintero, adscrito a la Dirección del Centro de Coordinación Este del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Maturín, inserta al folio noventa y nueve (99). En consecuencia, el incumplimiento por parte del imputado de autos, en relación a mantener actualizado su domicilio, a los fines de su convocatoria, considera quien aquí decide que lo procedente y ajustado a derecho es ordenar la Captura del ciudadano DANIEL JOSUÉ RODRÍGUEZ BATANCO, a los fines de sumarlo al proceso, exponga los motivos de su incomparecencia y aporte su nueva dirección.
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribuna Segundo de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley ORDENA librar orden de captura en contra del ciudadano DANIEL JOSUÉ RODRÍGUEZ BATANCO, venezolano, de 24 años de edad, estado civil casado, hijo de Mary Josefina Betanco (V) y de Víctor Rodríguez (V), de profesión u oficio Chofer, natural de San Félix Estado Bolívar, nacido en fecha 23/12/1985, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.639.008, domiciliado en: La vía La Pica, Sector Sueño de Bolívar, Carrera B-,2, casa N° 103, Maturín Estado Monagas, a los fines de sumarlo al proceso, exponga los motivos de su incomparecencia y aporte su nueva dirección. Líbrense las comunicaciones correspondientes. Ofíciese a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Maturín. Notifíquense a las partes. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,
ABG. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Secretaria,
ABG. ROSA VALLENILLA
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