REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-007105
ASUNTO : NP01-P-2010-007105
Visto el escrito consignado en fecha 16 mayo 2012, por el ABG. ANTHONY JHON ALFONSO MORALES, en su carácter de Defensor Privado del Ciudadano RONAL JOSE SUCRE, imputado por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZA en la causa alfanumérica NP01-P-2010-007105, quien expuso: “…solicito el sobreseimiento de la causa de conformidad con el articulo 318 ordinal 1 del código Orgánico Procesal Penal, y en caso de no ser procedente, solicita una medida cautelar menos gravosa para su representado…”.
Este Tribunal Primero De Violencia Contra La Mujer en Función Control Audiencia Y Medidas de Esta Circunscripción, observa que en fecha 01/07/2011 le fue decretada al ciudadano imputado RONAL JOSE SUCRE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD según se evidencia en el Asunto Penal signado con el alfanumérico NP01-P-2011-011299 por orden del Tribunal Primero de Primera Instancia Penal En Función De Control Del Circuito Judicial de Esta Circunscripción, y no por este Juzgado Primero de control, audiencia y medida competente para conocer los delitos de Violencia Contra la Mujer, en consecuencia mal pudiera hacer algún pronunciamiento este Juzgado de alguna causa que no esta conociendo. Por todo lo anteriormente expuesto este tribunal Desestima la solicitud planteada por el defensor privado ANTHONY JHON ALFONSO MORALES. Líbrese lo conducente. Y notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZA
ABGA. IVIS JOSEFINA RODRIGUEZ CASTILLO
LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL.
ABGA. ALEYANDRA DAS NEVES
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