El articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, señala la extinción de la obligación de manutención cuando los hijos no se encuentren en situaciones especiales o de escolaridad, y en este caso, consta expresamente en autos que la joven , manifestó su aceptación al hecho de haber alcanzado su mayoridad, por lo que esta Jueza considera que la extinción de la obligación en el presente asunto, debe prosperar; y así se declara.