ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000028
PARTE ACTORA: NEIRO JUNIOR GONZALEZ.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS DEL PINO.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES JC CONECTION C.A. (AGENTE AUTORIZADO MOVISTAR)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON RAMOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy,18 de Mayo de 2012, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado en ejercicio CARLOS DEL PINO en su carácter de apoderado judicial del ciudadano NEIRO JUNIOR GONZALEZ y el abogado NELSON RAMOS en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES JC CONECTION C.A. (AGENTE AUTORIZADO MOVISTAR), quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, En este acto toma la palabra el abogado NELSON RAMOS en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES JC CONECTION C.A. (AGENTE AUTORIZADO MOVISTAR), y expone:”Para dar por terminada la presente causa ofrezco por los conceptos demandados la cantidad de VEINTITRES MIL CIEN BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.23.100,00), para el día 01 de junio del 2012, pagadero al ciudadano NEIRO JUNIOR GONZALEZ, por ante el tribunal, es todo” . Toman la palabra el ciudadano NEIRO JUNIOR GONZALEZ, representado por el abogado CARLOS DEL PINO y exponen:”Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, y el día señalado como pago, por cuánto con la cantidad ofrecida están satisfechas las pretensiones explana da en el libelo de demanda, y manifiesto actuar libre de constreñimiento y sin presión alguna, es todo.” Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hacen entrega de las pruebas a las partes.
La Juez
Abg.Ana Avila
El Secretario
Los Presentes