REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
202º Y 153º
Vista la transacción Judicial consignada en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), seguido por la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA S.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil GRUPO BALUARTE C.A. S.A y YAMAL MAHMUD MUSTAFA HENRIQUEZ Y HANNA ABRACHE MARSAD, expediente N° 32.648, suscrita por el ciudadano CARLOS ANDRES ALVAREZ LEONETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.009.552, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.765, de este domicilio, actuando en este acto en su condición de apoderado judicial del ciudadano JAMAL MUSTAFA ENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.959.396, parte demandada en el presente juicio y por la otra parte el ciudadano ANIBAL JOSE MONTENEGRO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.312.771, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.657, apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA S.A. BANCO UNIVERSAL, parte demandante en el presente juicio, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente. Expídanse por secretaria las copias certificadas solicitadas y entréguesele al interesado a los fines legales consiguientes.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
La Secretaria,
Exp. N° 32.648