JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION ZULIANA
Maracaibo, 28 de marzo de 2012
201°-153°
Exp. No. 1065-09
Ejecución Voluntaria.

En el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente SUPER MART, C.A., en contra de la Resolución de Imposición de Sanción No. GRTI-RZU-DF-4049-03 de fecha 26 de septiembre de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Zuliana del SENIAT; este Tribunal en fecha 26 de mayo de 2011 dictó sentencia definitiva. En la misma fecha, se ordenó la notificación de la Procuradora General de la República, conforme lo expresa el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
En fecha 29 de julio de 2011 el abogado GERARDO LUZARDO en su condición de apoderado judicial sustituto de la Procuradora General de la República se dio por notificado de la decisión definitiva del presente Recurso y solicitó la ejecución voluntaria del fallo.
Asimismo, el 27 de marzo de 2012, el abogado GERARDO LUZARDO en representación de la República ratificó la solicitud de ejecución voluntaria presentada en fecha 29 de julio de 2011.
Ahora bien, desde la fecha en que se dio por notificada la República de la decisión que resolviere del fondo de la presente controversia, (29/07/2011); con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial, el Tribunal observa que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, feneció sin haber habido apelación de las partes interesadas.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido con creces el lapso para recurrir y observándose la inactividad de las partes en apelar, este Tribunal declara FIRME la decisión dictada en fecha 26 de mayo de 2011, la pone en estado de ejecución y de conformidad con el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, fija un lapso de diez (10) días de despacho para el cumplimiento voluntario de la misma, una vez conste en actas la notificación de esta decisión. Líbrense notificaciones respectivas.
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista La Secretaria Temporal,

Abg. Elainy Jiménez.
En la misma fecha se libró oficio No. ______-2012 dirigido a la Procuradora General de la República, y boleta de notificación dirigida a la Contribuyente.
La Secretaria Temporal,

Abg. Elainy Jiménez
Resolución No. _______-2012
RLB/dcz