Exp. No 46.272/r.r
Cobro de Bolívares por Accidente de Tránsito.
ROOSEVELT SEGUNDO ALVARADO GUTIERREZ.
Contra: DEIVIS OSPINO ARRIETA.
Mandamiento de Ejecución (I)
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 19 de Marzo de 2.012
201º y 153º
Vista la anterior diligencia de fecha 14-03-2012 suscrita por el Abogado en ejercicio LENIN ALVARADO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 21.781, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, donde solicita se proceda a la ejecución forzosa de la sentencia dictada en la presente causa, este tribunal para resolver el pedimento solicitado observa de las actas procesales que por auto de fecha 29 de Octubre de 2.008 se declaró firme y en Estado de Ejecución la Sentencia fecha 13 de Junio de 2007 y se le concedió a la parte demandada de autos el lapso para el cumplimiento voluntario y vencido como se encuentra dicho lapso, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 526 y 527 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes muebles o inmuebles que no estén destinados a vivienda propiedad de los demandados, ciudadanos DEIVIS OSPINO y MARIANGELA CORDERO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.162.741 y 14.697.835, respectivamente, hasta cubrir el doble de la cantidad condenada a pagar con su respectiva indexación o corrección monetaria. Para la ejecución de la medida se autoriza a designar Perito Avaluador, Depositario Judicial y tomarles el juramento de Ley, en tal sentido, se ordena librar Mandamiento de Ejecución a CUALQUIER JUEZ COMPETENTE EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Líbrese Mandamiento de Ejecución.
LA JUEZA:
MSc. GLORIMAR SOTO ROMERO
LA SECRETARIA:
MSc. KARLA OSORIO FERNANDEZ
En la misma fecha se anotó bajo el No. 093-12, se libró Mandamiento de Ejecución y se ofició bajo el Nº 0350-2012.
LA SECRETARIA
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