REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, Trece (13) de marzo del 2012, siendo las Nueve y Treinta minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, exp. 7684, contentivo del juicio de Cobro de Bolívares Vía Intimación sigue la sociedad mercantil SOLUCIONES Y NEGOCIOS C.A. (SONECA), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26-04-2004, bajo el No. 70, tomo 18-A, contra los ciudadanos ENALDO EMIRO FUENMAYOR HERNANDEZ y ADRIMAR YOLIVER VARGAS HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 13.607.806 y 15.459.976, respectivamente, juicio en el cual el tribunal de la causa comisionó suficientemente a los fines de practicar Medida de Embargo Preventiva sobre bienes muebles propiedad de las partes demandadas, hasta cubrir la cantidad de STrece Mil Cuatrocientos Treinta y Siete Bolívares con Diez Céntimos (Bs. 13.437,10). En caso de embargar cantidades de dinero la ejecución será hasta cubrir la cantidad de Diez Mil Setenta y Siete Bolívares con Ochenta y dos céntimos (Bs. 10.077.82). Librado el Despacho respectivo le fue asignado el mismo por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-3636-2011, de fecha 10/08/2011. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y en compañía de la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio IRIS MERCEDES FERRER ORTEGA, inscrita en el inpreabogado No. 14.932, en la dirección donde se practicará la medida comisionada, la cual es: Urbanización La Pastora, calle 96, No. 20ª-172, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Una vez constituido este tribunal en la dirección señalada, se realizaron los respectivos toques de Ley a las afueras del inmueble, atendiendo a dicho llamado una ciudadana que permitió el acceso al Tribunal, y que a petición de esta Juzgadora se identificaron con cédula personal como NORMA JOSEFINA HERNANDEZ DE FUENMAYOR, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 3.279.181, quien dijo ser la progenitora del ciudadano ENALDO FUENMAYOR, una vez impuesta del motivo de la presencia y constitución del Tribunal Ejecutor, la notificada de autos expuso: “Mi hijo Enaldo Fuenmayor, no reside en esta dirección, el se mudo con su familia para el Municipio San Francisco, más sin embargo me comprometo a informarle la presencia del Tribunal y el motivo de su visita.” Acto seguido a este Tribunal le es permitido un numero de un teléfono móvil 0424-6071412, perteneciente al ciudadano codemandado, a los intentos realizados por este Tribunal y por la apoderada judicial de la parte actora, a los fines de ubicar al codemandado de autos, los mismos resultaron infructuosos, por cuanto el numero de teléfono aportado, permanecía en condición apagado o encendido pero en el modo de silencio. Acto seguido la apoderada judicial de la parte actora expone: “Por cuanto el codemandado de autos no se encuentra presente en el inmueble donde se practicará la medida preventiva comisionada y siendo como ha sido infructuosas las diligencias para ubicarlo, solicito a este Tribunal suspenda la ejecución de la medida comisionada y no remita la presente hasta tanto sea solicitado por mi, es todo.- De inmediato este Tribunal Ejecutor, visto el pedimento realizado por la apoderada judicial de la parte actora, suspende la medida preventiva de embargo para lo cual fue comisionada y mantiene la misma en sus archivos a la espera de un nuevo impulso procesal, de igual manera se ordena el regreso del Tribunal a su sede. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Norma Fundamental de la República Bolivariana de Venezuela. El Tribunal contó con la presencia del Perito Avaluador y Representante de la Depositaria Judicial Maracaibo C.A, ciudadano IGOR DELGADO, portador de la cédula de identidad No. 5.170.472. Concluye el acto siendo las DOCE DEL MEDIODIA del día de hoy.- Terminó, Se leyó y conformes firman.
La Juez
Msc.Zimaray Carrasquero
La ejecutante, La Notificada,
Perito y Representante
De la depositaria La Secretaria,
Abg. Linda Avila
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