En el día de hoy 01 de Marzo del año dos mil doce (2012), siendo las 12:15 de la mediodía, se traslado este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en horas de despacho, dia fijado por el tribunal para llevar a efecto la ejecución de la medida ejecutiva de embargo decretada en el juicio de EJECUCION DE HGIPOTECA seguido por el BANCO MERCANTIL, C.A BANCO UNIVERSAL, C.A contra la SOCIEDAD MERCANTIL TALLER LAS PALMAS, C.A por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, para lo cual fue comisionado este tribunal.- A señalamiento del apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio VALENTIN RISSON SOTO, titular de la cedula de identidad N° V-3277021 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10294, se constituyo este órgano ejecutor de medidas siendo las 1:05 minutos de la tarde en un inmueble ubicado en la Avenida Intercomunal sector Las Palmas, al lado de la Estación de Servicio Las Palmas, Calle El Muro en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.- Una vez alli constituido se procedió a notificar del objeto de su traslado al ciudadano YAMID JOHANAN GARCIA CUADRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13878170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85253 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.- En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, abogado VALENTIN RISSON SOTO, antes identificado expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado ejecutivamente El inmueble constituido por un terreno situado en la avenida intercomunal, esquina entrada para el pozo 2530, sector la palmas Municipio Simón Bolívar del estado Zulia, identificado con el código catastral N° 232101U01001001002 y cuyos linderos son los siguientes: Norte: entrada para el pozo 2530 y mide ochenta y seis metros con ochenta y ocho centímetros (86,88 mts); Sur: terreno ejido y mide sesenta y seis metros con cincuenta y tres centímetros (66,53 mts) mas treinta y cuatro metros con ochenta y tres centímetros (34,83 mts), Este: Reserva Vial M.T.C y mide sesenta y siete metros con veinte centímetros (67,20 mts) y Oeste: Reserva del pozo ocupado por Mario Angelini Primavera y mide trece metros con veinte centímetros (13,20 mts), mas trece metros con sesenta y seis centímetros (13,66 mts), mas siete metros con sesenta y seis centímetros (13,66mts) mas siete metros con treinta y cinco (33,35 mts) encerrando una superficie aproximada de cinco mil seiscientos cincuenta y seis metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (5.656,08 mts2).- Quedando incluidas en la hipoteca constituida las bienhechurias construidas sobre dicho terreno y que esta identificada de la siguiente manera: A) Una (01) casa-oficina compuesta de porche, sala, comedor, cocina, dos (02) salas sanitarias, construidas con paredes de bloques frisados y pintados, pisos de cemento recubiertos de vinil ventanas de madera pulida tipo barientes, con rejas metálicas, techos de platabanda y puertas de madera; B) Una (01) casa, oficina, compuesta de sala, comedor, cuatro (04) habitaciones y tres (03) salas sanitarias, con paredes de bloques frisados, pisos de cemento pulido, techos de platabanda, ventanas de aluminio y vidrio, tipo accesorios, puertas de madera; C) Un anexo a casa – oficina, con paredes de bloques frisados, pisos de cemento, ventanas de aluminio y vidrio, tipo celosías, con protecciones de hierro, techos de asbestos, canal 90, sobre vigas de hierro; D) Un deposito construido con paredes de bloques, pisos de cemento, tubos de zinc sobre estructura metálica, puertas de madera; E) Un galpón (01) construido con tubos de zinc estructura de hierro y madera, pilares de tubo de 4” y pisos de cemento, con un área de cuatrocientos diecinueve metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (419,35 mts2) de construcción.- Dicho inmueble antes identificado plenamente con todas sus construcciones y adherencias ha sido avaluado por el perito avaluador juramentado en la suma de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 800.000,00).-