REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, cinco de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO: KP02-V-2011-003990

Demandante: KIMBERLY SOLIMAR ALVARADO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.399.176, de éste domicilio.
ASISTIDA POR EL ABG. ANGEL ROSENDO PETIT DUGARTE, Fiscal 14 del Ministerio Publico del Estado Lara.-
Demandado: FREDDY RAMON RODRIGUEZ DOBOBUTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.482.080, de éste domicilio.
HIJA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de 05 años de edad.
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (Custodia), por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 13 de diciembre de 2011, la ciudadana KIMBERLY SOLIMAR ALVARADO COLMENAREZ, ya identificada, presentó demanda por responsabilidad de crianza (custodia), en contra del ciudadano: FREDDY RAMON RODRIGUEZ DOBOBUTO, ya identificado, acompañó su demanda con copia certificada de la partida de de nacimiento de la hija procreada.
En fecha 17 de enero de 2012, quien suscribe se aboca al conocimiento de la presente demanda, asimismo se dejo constancia que la prenombrada beneficiaria no hizo acto de presencia.-
En fecha 30 de enero de 2012, el alguacil adscrito por este Tribunal, consigna boleta debidamente firmada por el ciudadano FREDDY RAMON RODRIGUEZ DOBOBUTO, ya identificada.
En fecha 06 de febrero de 2012, el secretario del Tribunal certificó la notificación de la parte demandada, y en la misma fecha, se fijó oportunidad para la audiencia de mediación.
En fecha 01 de marzo de 2012, siendo el día y la hora fijada para que tuviera lugar la audiencia preliminar en fase de mediación, se dejó expresa constancia que no comparecieron las parte demandante y demandada, ya identificados, ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (Custodia), intentado por la ciudadana KIMBERLY SOLIMAR ALVARADO COLMENAREZ, ya identificado, en contra del ciudadano FREDDY RAMON RODRIGUEZ DOBOBUTO, ya identificado, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dése por terminado en el sistema Juris. Cúmplase.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 05 de marzo de 2012. Año 201º y 153º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. ROSANGELA SORONDO GIL
LA SECRETARIA.
Abg. MERLY CAMACARO
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 0610-2.012, siendo las 11:01 a.m.
LA SECRETARIA.
Abg. MERLY CAMACARO

RMSG/ MC/reina.-