REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de Cabimas
Cabimas, 6 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO: VP21-V-2011-000508
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: No. PJ0102012000542.-
CAUSA PRINCIPAL: DIVORCIO ORDINARIO
PARTE DEMANDANTE: JOHAN JOSÉ GUTIÉRREZ ALASTRE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.333.891, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
PARTE DEMANDADA: MARIELA CRISTINA SANTELIZ RODRÍGUEZ venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.362.507, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
NIÑO: Se omiten los nombres de conformidad con lo establecido con el articulo 65 de la lopnna
Ocurrió por ante la Unidad de Recepción y distribución de Documentos (URDD) en fecha siete (07) de Julio de dos mil once (2011), el ciudadano JOHAN JOSÉ GUTIÉRREZ ALASTRE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.333.891, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia., asistido por la Abogada en Ejercicio CARMEN MARIA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.437, para demandar a la ciudadana MARIELA CRISTINA SANTELIZ RODRÍGUEZ venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.362.507, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por DIVORCIO ORDINARIO, en beneficio del niño Se omiten los nombres de conformidad con lo establecido con el articulo 65 de la lopnna
En fecha cinco (05) de Marzo de 2.012, se realizó el anuncio público para la celebración de la Audiencia de sustanciación, previsto en el articulo 473 de la LOPNNA, en el presente asunto de DIVORCIO ORDINARIO, en la sala de audiencia de este Circuito Judicial de Protección, no compareciendo de manera personal al mismo, las partes intervinientes en este procedimiento de Jurisdicción contenciosa.
En cumplimiento al mandato ordenado en el artículo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, niñas y Adolescentes.
Artículo 477:
“Si la parte demandante o la demandada no comparece sin causa justificada a la fase de sustanciación de la audiencia preliminar, se debe continuar ésta con la parte presente hasta cumplir con su finalidad. Si ambas partes no comparecen, se termina el proceso mediante sentencia oral, reducida a un acta que se publicara el mismo día…”
Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, con fundamento en los argumentos y las normas jurídicas antes señaladas, resuelve:
• PRIMERO: TERMINADO el proceso intentado por el ciudadano JOHAN JOSÉ GUTIÉRREZ ALASTRE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-17.333.891, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
• SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, a los seis (06) días del mes de Marzo de dos mil doce (2.012). Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ, (TEMPORAL)
MgSc. ANGÉLICA MARIA BARRIOS BRACHO
LA SECRETARIA
ABG. CARLA FABIOLA FAVALLI RODRÍGUEZ
En esta misma fecha, se dicto y publico el fallo que antecede quedando registrado bajo el N° PJ0102012000542, en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal.
LA SECRETARIA
ABG. CARLA FABIOLA FAVALLI RODRÍGUEZ
AMBB/YCH/ng.-
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