ASUNTO : VP02-S-2011-007314
RESOLUCION N° 378-12
Se registro en la presente causa, solicitud efectuada por la abogada: BLANCA TIGRERA CORTEZ actuando con el carácter de Fiscala Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, donde pide al Tribunal la Ejecución Forzosa de las medidas de protección y de seguridad, contempladas en los numerales 5°, 6° y 13° del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia acordadas a favor de la Ciudadana: YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO titular de la cédula de identidad N°V.- 9.750.385, quien figura como victima en la causa signada con el Nº VP02-S-2011-007314, de la investigación N° 24-F6-2021-11, instruida en contra del ciudadano: GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON titular de la cédula de identidad Nº V.-5.170.055, por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGICA, VIOLENCIA FISICA, AMENAZA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO previstos y sancionados en los artículos 39, 42, 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida libre de Violencia. Este Juzgado especializado, para decidir realiza las siguientes consideraciones:
PETICIÓN FISCAL Y FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Se desprende de la causa, que la ciudadana: YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO titular de la cédula de identidad N°V.- 9.750.385, formuló DENUNCIA por ante la sede de la fiscalia sexta del Ministerio Público, en fecha 14 de Noviembre de 2011, en contra del ciudadano: GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON titular de la cédula de identidad Nº V.-5.170.055, donde entre otros aspectos señaló: “ ACUDO A ESTA FISCALIA A DENUNCIAR AL CIUDADANO ANTE MENCIONADO QUIEN FUE MI CONCUBINO POR 27 AÑOS Y HACE 7 MESES NOS SEPARAMOS, PERO ES EL CASO QUE EL SIEMPRE ME AGREDIDO FISICA Y VERBALMENTE Y ME AMENAZA CON SACARME DE LA CASA Y MATARME……..SE METIA A MI CUARTO Y QUERIA OBLIGARME A TENER RELACIONES CON EL, ME TOCABA MIS PARTES PARA VER SI YO HABIA ESTADO CON OTRA PERSONA, ME QUERIA ESTAR METIENDO EL DEDO EN LA VAGINA PARA VER SI YO TENIS ESPERMA DE OTRO HOMBRE, CADA VEZ QUE NOS VEMOS ES PARA INSULTARME……A VECES ME INTENTA AHORCARME, ME DA CON SU CABEZA EN LA CARA TAN FUERTE QUE ME ROMPE LA NARIZ Y LOS LABIOS, ……ME PERSIGUE A DONDE QUIERA QUE ESTE, YO NO TENGO NI PAZ NI TRANQUILIDAD…..ME DECIA QUE YO ERA UNA PROSTITUTA , UNA PERRA Y QUE POR MI CULPA ESO SE HABIA DAÑADO…..SOLO QUIERO QUE EL ME DEJE TRANQUILA Y QUE ME RESPETE. ES TODO”. Consta igualmente INICIO DE INVESTIGACION: De fecha 14 de Noviembre de 2011. ACTA DE COMPARECENCIA DE ENTREVISTA. De fecha 15 de Diciembre de 2011, suscrita por el presunto agresor GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON, en la cual se deja constancia que el referido ciudadano fue debidamente notificado de las medidas de protección y de seguridad consagradas en los numerales 5°, 6° y 13° del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida libre de Violencia, que fueron acordadas por la fiscalia sexta a favor de la ciudadana: YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO. BOLETA DE NOTIFICACION DE MEDIDAS DE PROTECCION Y DE SEGURIDAD: De fecha 30 de Noviembre de 2011, donde se deja constancia que el presunto agresor fue notificado debidamente de las medidas de protección y de seguridad impuestas a la victima de marras. Solicita la representante de la vindicta pública que por los hechos antes descritos y donde se evidencia el incumplimiento de las medidas de protección y de seguridad en el que ha incurrido el presunto agresor, la ejecución forzosa de las previstas en los numerales 5°, 6°, y 13° del articulo 87 de la Ley Especial referentes a: ORDINAL 5°: La prohibición para el ciudadano GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de acercarse al lugar de residencia, trabajo o estudio de la ciudadana: YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO. ORDINAL 6°: La prohibición para el presunto agresor: GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de generar contra la victima YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO o algún integrante de su familia, actos de persecución intimidación o acoso, directamente o a través de terceras personas. ORDINAL 13°: la prohibición para el presunto agresor GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de realizar en contra de la victima de autos, cualquier nuevo hecho de violencia. Tomando en cuenta que las medidas de protección y de seguridad por su naturaleza preventiva son de aplicación preferente y tienen carácter de supremacía y vigencia durante todo el proceso, cuyo fin fundamental es garantizar y proteger a la mujer agredida en su integridad física, psicológica, sexual y patrimonial de toda acción que viole o menoscabe sus derechos fundamentales, a tenor de lo establecido en los artículos 9, 87, 88 y 91.1 de la Ley Especial de Violencia Contra La Mujer, y en atención a los alegatos del Ministerio Público y a las actuaciones que fueron incorporados como anexos a la petición; Considera esta Juzgadora que es procedente en derecho acordar lo solicitado por el Ministerio Publico para así garantizarle a la víctima la vigencia de sus derechos fundamentales, y el respeto, y protección de los mismos, en razón de lo cual, SE CONFIRMAN las medidas de protección y de seguridad acordadas por la fiscalia sexta del Ministerio Público como órgano receptor de la denuncia, consagradas en los numerales 5°, 6° y 13° del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida libre de Violencia, descritas anteriormente, y SU EJECUCION FORZOSA en el entendido que este Tribunal comisiona al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub delegación Maracaibo, para que notifiquen al investigado GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de tal decisión, y la obligación que este ciudadano tiene de obedecer cabalmente el mandato judicial, so pena de las consecuencias que tal desacato acarrearía. ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: CONFIRMA LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y DE SEGURIDAD CONSAGRADAS EN LOS NUMERALES 5°, 6° Y 13° DEL ARTICULO 87 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA de conformidad a las facultades que le confiere el articulo 91 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, las cuales consisten en: ORDINAL 5°: La prohibición para el ciudadano GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de acercarse al lugar de residencia, trabajo o estudio de la ciudadana: YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO. ORDINAL 6°: La prohibición para el presunto agresor: GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de generar contra la victima YOLIMA DEL CARMEN JARDINES BRACHO o algún integrante de su familia, actos de persecución intimidación o acoso, directamente o a través de terceras personas. ORDINAL 13°: la prohibición para el presunto agresor GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de realizar en contra de la victima de autos, cualquier nuevo hecho de violencia. SEGUNDO: Declara con lugar la petición fiscal y ACUERDA LA EJECUCION FORZOSA de las medida de protección y de seguridad previstas en los ordinales 5°, 6° y 13° del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de violencia, en el entendido que este Tribunal comisiona al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub delegación Maracaibo, para que notifiquen al investigado GERMAN JOSE MONTIEL ALARCON de tal decisión, y la obligación que este ciudadano tiene de obedecer cabalmente el mandato judicial, so pena de las consecuencias que tal desacato acarrearía. TERCERO: se ORDENA NOTIFICAR al Ministerio Publico, a la victima y al investigado a través del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub delegación Maracaibo, a los fines de dar cumplimiento estricto a este mandato judicial. -REGISTRESE.- PUBLIQUESE- Y NCUMPLASE.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,
DRA. ROSARIO DEL VALLE CHACON
LA SECRETARIA,
ABOG. HIRCIA GONZALEZ.
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