RESOLUCION N° 474-12
Vista la solicitud presentada por la ciudadana Abog. TATIANA RINCON BRACHO en su carácter de Fiscala Sexta Auxiliar del Ministerio Público, de fecha 01-03-2012, mediante el cual solicita a este Juzgado de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la ley especial de violencia y 250 de la ley procesal penal, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. 2-DDM-F6-0149-2012, instruida en contra del ciudadano YOSMAR CARLOS NAVA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA SEXUAL previstos y sancionados en el articulo 39 Y 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana EDIGLIS BALLESTEROS, en virtud de que la representación Fiscal manifiesta que le faltan recabar diligencias de investigación para esclarecer la verdad de los hechos y no siendo posible obtener el resultado de otras investigaciones solicitadas hasta la presente fecha; En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de este Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser esta ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prorroga que encuentra establecida en el articulo 79 de la referida ley Orgánica, a la ciudadana Abog. TATIANA RINCON, en su carácter de Fiscala Sexta Auxiliar del Ministerio Público, la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscala Sexta Auxiliar del Ministerio Público de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DR. JOSE LABRADOR
LA SECRETARIA,
ABOG. DORIS MORA
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