REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cinco (05) de marzo de dos mil doce (2012).-
Año: 201º y 153º
ASUNTO: OP02-L-2010-000139
Visto que concluida la Audiencia Preliminar en fecha 09 de febrero de 2012, y consignado como ha sido los escritos de contestación de la demanda por las Abogadas MONICA PALENCIA MALDONADO y LUISANA MEN, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 130.185 y 80.087, en su carácter de Apoderadas Judiciales de las empresas demandadas ROYAL VACATIONS, C.A. y VENETUR, S.A respectivamente, los cuales se ordenan agregar a los autos, en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2010-000139, constante de tres (03) piezas, la primera constante de (219) folios útiles, la segunda constante de (282) folios útiles, la tercera constante de (26) folios útiles, al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ
Dra. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.
LA SECRETARIA.
ESV/lv.-