REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, ocho de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO : VP01-S-2012-000070
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
PARTE ACTORA: YONNIS SULBARAN, titular de la cédula de identidad: 16.688.688.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA C.A.
MOTIVO: Oferta de Pago.
Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 06 de marzo de 2012; suscrita por los abogados GERALDINE DELIMA y LUIS ALDANA, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa INSTALACIONES Y SERVICIOS DE VENEZUELA, C.A., por una parte; y por la otra, por el ciudadano YONNIS SULBARAN, asistido por la abogada OLGA CARRILLO; todos amplia y suficientemente identificados en autos; este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento; y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado este procedimiento y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.
Asimismo, se ordena expedir las copias certificadas, solicitadas por las partes, en acta de transacción. Es todo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario.
JC/j
Abog. Rafael Hidalgo.
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