REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, treinta de marzo de dos mil doce
201º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000423
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO NAVAS, cédula de identidad: 10.409.736.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil CORPORACION ZUMAQUE C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Visto que en fecha 19 de Marzo de 2012, el ciudadanos JOSE GREGORIO NAVAS, asistido por su apoderado judicial, abogado ALEXANDER FERNANDEZ; y por la demandada CORPORACION ZUMAQUE C.A., su apoderado judicial abogado APALICO HERNANDEZ; celebraron transacción por la cantidad de DIECINUEVEMIL TRESCIENTOS NOVENTA BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 19.390,00); y por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dieron por reproducidos para que formaran parte integrante del acta levantada en dicha fecha; visto que dicho acuerdo ha sido cumplido en su totalidad; y por cuanto las partes solicitaron la homologación del acuerdo. Este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, observando que la transacción celebrada no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público; de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez

El Secretario.

Mgs. Judith del Carmen Castro.
Abog. Rafael Hidalgo.
JC/jc