REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, dieciséis (16) de marzo de dos mil doce (2012)
201º y 153º
ASUNTO : VP01-L-2012-000542

DECLARATORIA DE COMPETENCIA

PARTE ACTORA: JOSE LIONEL BLANCO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad: 9.766.126.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil IZALCONCRETOS, C.A
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Visto que recibido en esta misma fecha, oficio número: 133-2012, de fecha 12 de marzo de 2012, anexo al cual el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, remitió expediente contentivo del Juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, sigue el ciudadano JOSE LIONEL BLANCO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad: 9.766.126, en contra de la Sociedad Mercantil IZALCONCRETOS, C.A.; cuya competencia fue declinada por ese Tribunal por la materia, declinando la competencia a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.

Ahora, bien vistas las actas del expediente, y por cuanto la sentencia dictada por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 07 de febrero de 2012, ha quedado firme; este Juzgado Décimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, SE DECLARA COMPETENTE para conocer la presente causa, la acepta y entra a revisar los requisitos que establece el artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para su admisión. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez


Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario.

JC/jc

Abog.Rafael Hidalgo.