ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002569

PARTE ACTORA: JAIMEN ENRIQUE FUNG ARENAS

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado NELSON MONCAYO, Inpreabogado N° 42.523.

PARTE DEMANDADA: ILLUSION S COMERCIALIZACION Y VENTA, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Lisselotte Morillo y Roberto Abreu y Rafael Morillo, Inpreabogado N° 117.388, 138.000 y 83.287 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy,6 de Marzo de 2012, siendo las 9:13 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JAIMEN ENRIQUE FUNG ARENAS en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Nelson Moncayo y ILLUSION´S COMERCIALIZACION Y VENTA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Rafael Morillo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 13/03/12 en la sede del Tribunal a las 2:00 p.m. al demandante la cantidad de veinticinco mil bolívares (Bs. 25.000,00) con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones fraccionadas, utilidades e indemnización por incumplimiento de contrato. Declara la parte actora que nada queda a deber la parte demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: