ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000069
PARTE ACTORA: NAILSE EDICTA MACHADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: MABEL MODAS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Jesús Antonio Ripoll, Inpreabogado N° 64.780.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy 27 de Marzo de 2012, siendo las 9:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado se deja constancia que la parte demandada MABEL MODAS, C.A. representada por el apoderado judicial abogado Jesús Antonio Ripoll. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Ańos 153 y 201.
La parte demandada consigna instrumento poder en dos (2) folios en copias fotostáticas.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes: