REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 26 de marzo de 2012.
201° y 153°
Asunto: VP21-L-2011-000155.
Parte Actora: DARWIN DE JESÚS URDANETA CARRION, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 14.493.511 domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.
Apoderados Judiciales de
La Parte Actora: No se constituyó apoderado judicial alguno.
Parte Demandada: ENSIGN DE VENEZUELA, CA, domiciliada en el Estado Anzoátegui.
Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: JOANDERS HERNÁNDEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 56.872.
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, veintiséis (26) de marzo de dos mil doce (2.012), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada por medio de su apoderado judicial abogado en ejercicio JOANDERS HERNÁNDEZ, así como de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4TO SME.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
Abg. NORELIS MINDIOLA
SECRETARIO
LBA/NM.
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