REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
Maracaibo, 11 de Junio de 2012
202° y 153°

EXPEDIENTE Nº:
13544

PARTE ACTORA:
JHON ANDER PONNEFZ MEJIA
PARTE DEMANDADA:
AURIMAR SOLAINE ACEVEDO REYES
FECHA DE ENTRADA 02 de Mayo de 2012
MOTIVO: PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL

Vista la solicitud de Medida presentada por el profesional del derecho MELQUÍADES PELEY, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.885, apoderado judicial del ciudadano JHON ANDER PONNEFZ MEJIA, titular de la cédula de identidad N° 13.575.343, parte actora en la presente causa, mediante la cual solicita medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble descrito en actas, se le da entrada. Fórmese pieza de medida numerada por separado.
De conformidad con lo establecido en los Artículos 191 del Código Civil y 761 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble ubicado en la carretera que conduce de Maracaibo a Perijá, Kilómetro 4 ½ hoy calle 148, esquina con avenida 52 en la antigua Parroquia San Francisco Municipio Maracaibo, hoy Jurisdicción de la Parroquia Marcial Hernández, Municipio San Francisco del estado Zulia, con una superficie aproximada de CIENTO DIECISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS (116,40 MTS2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas:






NORTE: con parcela N° 4 y mide 18,50 mts; SUR: con parcela N° 6 y mide 18,72 mts; ESTE: con avenida 1 y mide 6,25 mts y OESTE: con lindero oeste del parcelamiento y mide 6,26 mts, con una superficie de construcción aproximada de sesenta y ocho metros cuadrados (68,00 Mts2) en dos plantas y consta en planta baja de área social con sala y baño de visita y área de servicio con cocina con pantry con salida al patio posterior y lavadero exterior, y en planta alta de área privada con 2 dormitorios y un baño, todo según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Francisco del estado Zulia el fecha 23 de Julio de 2008, anotado bajo el N° 1, Tomo 7, Protocolo 1°.- Ofíciese a los fines de la partición respectiva.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en Maracaibo a los once (11) días del mes de Junio de dos mil doce (2.012).- Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA
ABG. CARLOS RAFAEL FRÍAS
ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL

En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, anotada con el N° 11
LA SECRETARIA,

ABG. MARIA ROSA ARRIETA FINOL

CRF/cae















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
Circunscripción Judicial del estado Zulia
MARACAIBO Exp. N° 13544
Maracaibo, 11 de Junio de 2012
202º y 153º
671-2012
CIUDADANO
REGISTRADOR PÚBLICO DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA.
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL seguido por el ciudadano JHON ANDER PONNEFZ MEJIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.575.343 en contra de la ciudadana AURIMAR SOLAINE ACEVEDO REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.741.223, este Tribunal por auto de esta misma fecha decretó Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble ubicado en la carretera que conduce de Maracaibo a Perijá, Kilómetro 4 ½ hoy calle 148, esquina con avenida 52 en la antigua Parroquia San Francisco Municipio Maracaibo, hoy Jurisdicción de la Parroquia Marcial Hernández, Municipio San Francisco del estado Zulia, con una superficie aproximada de CIENTO DIECISEIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS (116,40 MTS2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: con parcela N° 4 y mide 18,50 mts; SUR: con parcela N° 6 y mide 18,72 mts; ESTE: con avenida 1 y mide 6,25 mts y OESTE: con lindero oeste del parcelamiento y mide 6,26 mts, con una superficie de construcción aproximada de sesenta y ocho metros cuadrados (68,00 Mts2) en dos plantas y consta en planta baja de área social con sala y baño de visita y área de servicio con cocina con pantry con salida al patio posterior y lavadero exterior, y en planta alta de área privada con 2 dormitorios y un baño, todo según consta de documento protocolizado por ante el Registro Público del Municipio San Francisco del estado Zulia en fecha 23 de Julio de 2008, anotado bajo el N° 1, Tomo 7, Protocolo 1°.- En consecuencia, sírvase abstenerse de protocolizar cualquier documento en el que se pretenda enajenar o gravar el inmueble antes descrito. Igualmente sírvase extender acuse de recibo.-
DIOS Y FEDERACIÓN

ABG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.
-Juez Provisorio-
CRF/cae
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Av. 2 El Milagro entre calles 84 y 83-A antiguo Edificio Banco Mara.