JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 11 de junio de 2012.-
202º y 153º
Vista la diligencia de fecha 07 de junio de 2012 suscrita por el abogado en ejercicio GABRIEL ERNESTO PARRA HERNÁNDEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora donde solicita la suspensión de la medida preventiva de embargo sobre el vehículo Placas VCC748, Serial de carrocería: KNDUP132256763885, Serial del Motor: G6CU5193960, Marca Kia, Modelo: Sedona 3.5 EX 7P LS A/T, Año 2005, Color Beige Seda, Clase Camioneta, Tipo Sportwagon, Uso Particular y el cual pertenece al ciudadano GERARDO JOSE MORENO BUSTOS, según Certificado de origen No. 000201376 emitido por el Ministerio de Infraestructura y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, se SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada en fecha 10 de noviembre de 2011 y ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor en fecha 21 de diciembre de 2011. Asimismo, se ordena oficiar a la Depositaria Judicial Santa Maria (DEPOSACA), a los fines de que se sirva hacer entrega, únicamente al ciudadano GERARDO JOSE MORENO BUSTOS, titular de la cédula de identidad Nº 7.976.436.- Ofíciese.-
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.-
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha se oficio bajo el Nº 672-2012.- y la anterior resolución quedo signada bajo el No. 09.-
LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA FINOL.


CRF/pg.-