REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, catorce (14) de junio del año dos mil doce (2012)
202° y 153°
Por cuanto de actas se observa que fueron consignados los recaudos correspondientes, dando cumplimiento al requerimiento del Tribunal, se admite cuanto ha lugar en derecho la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos presentada por la ciudadana ROSARIO DEL VALLE SÁNCHEZ DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.051.792, asistida por la abogada en ejercicio GLENY VILLAMIZAR GONZÁLEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 23.417; mediante la cual solicita se le declaren las anteriores diligencias título suficiente para que la acrediten a ella y a los ciudadanos GLADYS MARINA GUERRERO PERNÍA, DAICY JOSEFNA GUERRERO PERNÍA, BAUTISTA ANTONIO GUERRERO PERNÍA, JARSY LISBETH BRACHO GUERRERO, YAIVER HIDALGO BRACHO GUERRERO, LIBIA KARINA GUERRERO PÉREZ, KATHERINE ANTONIA GUERRERO PÉREZ, ORLANDO JOSÉ GUERRERO PÉREZ, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ BAUDILIO GUERRERO PERNIA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-2.053.035, fallecido el día veinticuatro (24) de febrero del año dos mil doce (2012), tal como se evidencia de la copia certificada del acta de defunción emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, inserta bajo el número 159, libro 01 correspondiente al año dos mil doce (2012). Ahora bien, la solicitante además de la señalada acta de defunción, acompaña los siguientes recaudos: 1) Copia certificada del acta de matrimonio civil celebrado entre JOSÉ BAUDILIO GUERRERO PERNIA y ROSARIO DEL VALLE SÁNCHEZ, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, signada con el número 471, libro 3, correspondiente al año mil novecientos ochenta y siete (1987). 2) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano JOSÉ BAUDILIO GUERRERO PERNÍA, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 296, correspondiente al año mil novecientos cuarenta y tres (1943). 3) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano BAUTISTA ANTONIO GUERRERO SÁNCHEZ, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Udón Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 17, folio 015-016, tomo I, correspondiente al año mil novecientos noventa y seis (1996). 4) Acta de defunción de la ciudadana ANTONIA RAMONA PERNÍA DE GUERRERO, emanada de la Prefectura de Municipio Ayacucho del Estado Táchira, signada con el número 17, correspondiente al año mil novecientos noventa y seis (1996). 5) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana GLADYS MARINA GUERRERO PERNÍA, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 241, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y uno (1951). 6) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana DAICY JOSEFINA GUERRERO PERNÍA, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 42, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y seis (1956). 7) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano BAUTISTA ANTONIO GUERRERO PERNÍA, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 523, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y ocho (1958). 8) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano EDGAR ORLANDO GUERRERO PERNÍA, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo, Estado Zulia, signada con el número 677, libro 01, folio 340, correspondiente al año mil novecientos cuarenta y ocho (1948). 9) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano EDGAR ORLANDO GUERRERO, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio García de Hevia, Estado Táchira, signada con el número 142, correspondiente al año dos mil seis (2006). 10) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana LIBIA KARINA GUERRERO PÉREZ, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, signada con el número 1.805, correspondiente al año mil novecientos setenta y uno (1971). 11) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana KATHERINE ANTONIA GUERRERO PÉREZ, emanada de la Jefatura Civil Cacique Mara, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, signada con el número 01, correspondiente al año mil novecientos setenta y siete (1977). 12) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano ORLANDO JOSÉ GUERRERO PÉREZ, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, signada con el número 727, correspondiente al año mil novecientos setenta y nueve (1979). 13) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana BERQUIS AIDEE GUERRERO PERNÍA, emanada de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, signada con el número 189, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y cinco (1955). 14) Acta de defunción de la ciudadana BERQUIS AIDEE GUERRERO DE BRACHO, emanada de la Prefectura de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, signada con el número 126, correspondiente al año dos mil cuatro (2004). 15) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana JARSY LISBETH BRACHO GUERRERO, emanada de la Prefectura de la Parroquia San Carlos, Municipio Colón del Estado Zulia, signada con el número 124, correspondiente al año mil novecientos setenta y dos (1972). 16) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano YAIVER HIDALGO BRACHO, levantada por la Prefectura de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, signada con el número 3.441, correspondiente al año mil novecientos ochenta y cuatro (1984). 17) Justificativo de Testigos debidamente evacuado por ante la Notaría Pública Décima Primera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha diez de mayo (10) de mayo del año dos mil doce (2012), donde se evidencia la declaración rendida por los ciudadanos LUIS CHOURIO y JOHANNA GONZÁLEZ, titulares de la cédula de identidad número V-3.381.290 y V-21.353.547, respectivamente, quienes manifestaron que los requirentes son los únicos y universales herederos del causante. Visto lo expuesto en la presente solicitud, los documentos acompañados y la declaración rendida por los testigos ante la Notaría Pública, éste Tribunal, constata los vínculos alegados; así como la veracidad de los hechos narrados y la certeza de lo solicitado. En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ BAUDILIO GUERRERO PERNIA, a los ciudadanos ROSARIO DEL VALLE SÁNCHEZ DE GUERRERO, GLADYS MARINA GUERRERO PERNÍA, DAICY JOSEFINA GUERRERO PERNÍA, BAUTISTA ANTONIO GUERRERO PERNÍA, JARSY LISBETH BRACHO GUERRERO, YAIVER HIDALGO BRACHO GUERRERO, LIBIA KARINA GUERRERO PÉREZ, KATHERINE ANTONIA GUERRERO PÉREZ, ORLANDO JOSÉ GUERRERO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-3.051.792, V-3.941.468, V-4.976.352, 4.976.351, V-11.301.676, V-17.886.911, V-10.852.714, V-13.141.338 y V-13.939.602, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase la presente solicitud en forma original con sus resultas, previa certificación a los fines de que repose en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir cuatro copias certificadas del presente expediente y sus resultas a los fines de que sean entregados a la parte requirente.
LA JUEZ,
Abog. MARÍA DEL PILAR FARÍA ROMERO. Mg. Sc.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.
En la misma fecha, se expidieron las copias certificadas ordenadas.
LA SECRETARIA,
Abog. GABRIELA BRACHO AGUILAR. Mg. Sc.
S-147-12.