En horas de despacho del día hoy LUNES CUATRO (04) DE JUNIO DE 2012, siendo las DOCE MERIDIANO (12:00 M)., fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5241-12 conferida por el Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesus Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO RESERVA DE DOMINIO sigue LA CASA ELECTRICA, C.A. contra JHONNY JOSE PALMAR PALMAR, y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar medida de SECUESTRO decretado por el tribunal de la causa. Se deja constancia que la presente medida no pudo practicarse motivado a que se hizo imposible localizar la dirección del ciudadano JHONNY, parte demandada en la presente comisión, habiendo consultado a varias personas no pudiendo obtener información alguna de dicho inmueble en virtud de lo cual el apoderado judicial de la parte actora solicita a este Tribunal proceda a retirarse a su de origen y proceda a remitir la misma al tribunal de la causa, Terminó, se leyó y conformes firman.
.



EL JUEZ:



ABOG. GUILLERMO INFANTE



LA SECRETARIA :


ABOG: MARIANA C. CARMONA D.


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:







COMISION No. 5241-12
EXP. No. 2711