En horas de despacho del día de hoy LUNES CUATRO (04) de Junio de dos mil Doce, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de las Circunscripción judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de SECUESTRO decretada Juzgado Segundo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, relacionada con el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sigue Firma Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA contra ALIRIO JOSE ESCANDELA PRIETO. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en un inmueble sin nomeclatura visible, ubicado en la calle 49, sector 16 (la Popular), Parroquia Domitila Flores, Municipio San Francisco del estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio indicado una vecina quién manifestó llamarse MARLENE,, titular de la cedula de identidad No. V.- 6.616.526, manifestando que el señor Alirio había alquilado y ya no vivía en esa casa y que en esos momento no se encontraba nadie. Seguidamente este Tribunal procede a verificar que el referido inmueble no se encontraba nadie y así como ha sido el apoderado judicial solicitó a este tribunal retirarse del sitio y remita la presente comisión al Tribunal de la causa. Termino, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ:



ABOG. GUILLERMO INFANTE



LA SECRETARIA:


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:






COMISION N° 5218-12
EXP. N° 2960