En horas de despacho del día de hoy LUNES CUATRO (04) de Junio de dos mil Doce, siendo las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 A.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de las Circunscripción judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de SECUESTRO decretada Juzgado Undecimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, relacionada con el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sigue Firma Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA contra ONEIDA CAVARCA BARRIOS. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en un inmueble sin nomeclatura visible, ubicado en la calle 89, sector Monte Santo, Parroquia Cacique Mara, Municipio Maracaibo del estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio indicado se procedió una Vecina quién manifestó llamarse ANAIS TERAN, manifestando que la señora ONEIDA CAVARCA BARRIOS ya no vivía en esa casa y que en esos momento no se encontraba nadie. Seguidamente este Tribunal procede a verificar que el referido inmueble no se encontraba nadie y así como ha sido el apoderado judicial solicitó a este tribunal retirarse del sitio y remita la presente comisión al Tribunal de la causa. Termino, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ:



ABOG. GUILLERMO INFANTE



LA SECRETARIA:


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:






COMISION N° 5201-12
EXP. N° 69A-2012