En horas de Despacho del día de hoy VIERNES QUINCE (15) DE JUNIO DE 2012, siendo las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de REINCORPORACIÓN, decretada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el juicio que por RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL sigue la ciudadana GLEDYS ELENA PETIT DE ROJAS, portadora de la cedula de identidad No. V.- 6.830.103 contra LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA. Se trasladó y constituyó este Juzgado en el sitio indicado por el Apoderado Judicial de la parte actora GABRIEL ARCÁNGEL PUCHE URDANETA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.098, específicamente en la sede de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO en la Oficina de Personal, ubicada, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez presente el tribunal en el sitio indicado se procedió a notificar al ciudadano SARAI GONZALEZ MARTINEZ titular de la cedula de identidad N° V- 14.149.162; Abogado, inscrito en el Inpreabogado No. 98.040, con el carácter de ANALISTA LEGAL de la Alcaldía de Maracaibo. A quien se impuso del motivo de la presencia del tribunal relacionada con la reincorporación de la ciudadana GLEDYS ELENA PETIT DE ROJAS, antes identificada, a la nómina de Jubilados de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia y quien expuso: “En nombre de mi representada me doy por notificado de la medida cautelar contentiva de la orden de reincorporación emanada del Juzgado de la causa y comisionada a este Juzgado ejecutor. En este sentido dando cumplimiento voluntario a la misma se procede a la reincorporación de la ciudadana GLEDYS ELENA PETIT DE ROJAS en la nomina del personal jubilado.” Vista la exposición este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ordena, la Reincorporación de forma inmediata e incondicional de la ciudadana GLEDYS ELENA PETIT DE ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.830.103, a la nómina del personal jubilado de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, hasta tanto se decida el fondo del presente recurso contencioso administrativo funcionarial, en cumplimiento de la de suspensión dictada por este Tribunal en fecha 25 de Enero de 2012 , donde se ordena la suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución No. 474, dictada en fecha 10 de Junio de 2009, por el Alcalde (E) del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Y ASÍ SE CONFIRMA. Cumplida como ha sido la presente comisión el apoderado judicial de la parte actora dejan constancia que este Tribunal no ha recibido ningún tipo de emolumento para la práctica de la presente medida. Siendo las (10:30 AM) se cierra la presente acta. Termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ:

ABOG. GUILLERMO INFANTE.

EL NOTIFICADO:


EL APODERADO JUDICIAL DE LA
PARTE ACTORA: LA REINCORPORADA:





LA SECRETARIA:








COMISION N° 5283-12
EXP. N° 13093