Comisión N° 3841/2012

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
202° y 153°

En el día de hoy, viernes quince (15) de junio del año dos mil doce (2012), siendo las diez y quince horas de la mañana (10:15 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO POR COMUNIDAD CONYUGAL, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 03, en el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana MERY DEL CARMEN ROSARIO CHUECOS, portadora de la cédula de identidad N° V-9.497.667, en contra del ciudadano DARWIN JAVIER DUQUE REYES, portador de la cédula de identidad Nº V-7.787.281, llevado en el expediente N° 20.508, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona el RECTORADO de la Universidad del Zulia, ubicada geográficamente, en la Avenida 16; Guajira, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Edelmira Leal venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 7.761.561, en su condición de Analista de Nomina de la mencionada Universidad, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) que le corresponde al ciudadano DARWIN JAVIER DUQUE REYES, portador de la cédula de identidad Nº V-7.787.281, quien labora como empleado de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (LUZ), AREA DE ADMINISTRACION Y DE ECONOMIA, por los conceptos de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Fideicomiso, Retroactivo, Vacaciones y Bono Vacacional y cualquier otro beneficio que perciba por causa de despido, retiro, jubilación y cualquier otro ingreso o aumento que reciba con ocasión a su trabajo con excepción de sueldo de cesta ticket.-En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS, los conceptos señalados y descritos en esta acta, y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivados de los conceptos establecidos en el literal “A”, deberán ser remitidas al Tribunal de la Causa, en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa es decir, TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 03, tal y como fue ordenado por el Tribunal de la causa.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para la Universidad que representa. Siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.----------------




EL JUEZ,


ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO







EL (LA) NOTIFICADO (A),









LA SECRETARIA,


MSc. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ








GOA/mvg/wil
C- 3841/2012