REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.464
En el día de hoy, 27 de Junio del año dos mil doce, siendo las 11:20 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Hospital General del Sur Dr. Hospital Pedro Iturbe, ubicada en la Circunvalación 1 Sector Las Banderas del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 22068. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana IRAMA CHIQUINQUIRÁ DURAN JARABA, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 9.754.317, obrando en este acto en beneficio y único interés de las adolescentes XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano JOVITO RAFAEL GONZALEZ MEDINA, portador de la Cédula de Identidad No. V- 7.830.131.- En este estado presente el ciudadano (a): MIRIAN RIVERA, portador de la Cédula de Identidad No. 5.862.610, quién se identifico con el carácter de GERENTE DE RECURSOS HUMANOS. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida de Embargo Preventivo sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo que le corresponden al obligado ciudadano JOVITO RAFAEL GONZALEZ MEDINA, antes identificado, quien labora en el Hospital General del Sur, ubicado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de la bonificación de fin de año y por concepto de bono vacacional.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos y útiles escolares que le corresponda a las adolescentes de autos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano JOVITO RAFAEL GONZALEZ MEDINA.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los siguientes conceptos: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo que le corresponden al obligado ciudadano JOVITO RAFAEL GONZALEZ MEDINA, antes identificado, quien labora en el Hospital General del Sur, ubicado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de la bonificación de fin de año y por concepto de bono vacacional.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos y útiles escolares que le corresponda a las adolescentes de autos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano JOVITO RAFAEL GONZALEZ MEDINA.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “ A, B y C” deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos, o remitirlas al Juzgado de la causa y las cantidades contenidas en el literal “D” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: 22068. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para esta Empresa, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:35 AM¬¬¬.-
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.

EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO TEMPORAL:

ABOG. JOSE PARRA