El día de hoy ,Ocho (08) de Junio del año Dos Mil doce (2012), siendo las 3:20 de la Tarde encontrándose este TRIBUNAL SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, MIRANDA, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la ALCALDIA DE CABIMAS, en el día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la NOTIFICACION de la sentencia definitivamente firme decretada en el Juicio de DAÑOS MORALES seguido por LABID DE JESUS CAUSADO, conocido generalmente como DAVID DE JESUS CAUSADO, titular de la cedula de identidad N°V-11.251.431 en contra de CABIGAS, C.A por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderada(o) judicial de la parte actora, Abogada(o) en ejercicio JOSE ANTONIO MENA DUARTE, Titular de la cedula de identidad N°3.507.147 e inscrita(o) en el inpreabogado bajo el Nº 21358 se constituido este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la ALCALDIA DE CABIMAS ubicada en: el Edificio Rental Centro Cívico, piso 5 en la ciudad de Cabimas MUNICIPIO CABIMAS DEL ESTADO ZULIA.- Una vez allí constituido, procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a):Jenny Aparicio Martínez, titular de la Cedula de Identidad numero: V-10.597.283.- En su carácter de: Apoderada judicial de la ALCALDIA DE CABIMAS.- En este estado presente la(el) apoderada(o) actora, Abogada(o) JOSE ANTONIO MENA DUARTE Apoderada judicial, antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea Notificado la parte perdidosa CABIGAS, en este juicio, que funciona con capital de la Alcaldía de Cabimas, en la persona de FELIX BRACHO NAVAS, o del apoderado judicial, abogado RUBEN PIÑA, para que pague la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs250.000,00) condenada a pagar en sentencia definitivamente firme, dando cumplimiento a lo ordenado, dentro de los Diez (10) días siguientes a su notificación.—