REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
PAMPATAR, DOCE (12) de JUNIO de 2012.-
201º y 152º
Vista las testimoniales rendidas por los ciudadanos GLADYS DEL VALLE RODRIGUEZ Y DANIEL ARTURO ZAJAC VELOZ, quienes fueron precisos en señalar que conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos WILLIAM JOSE DIAZ HERNANDEZ, MARIA YOLANDA HERNANDEZ DE DIAZ Y ALEXANDER JOSE DIAZ HERNANDEZ, desde hace varios años; asimismo, manifestaron que saben y le consta que las bienhechurias construidas en la parcela identificada en el escrito, fueron construidas bajo las directrices del ciudadano WILLIAM JOSE DIAZ HERNANDEZ a sus propias y únicas expensas en donde invirtió la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 1.800.000.00); del mismo modo saben y le consta que las bienhechurías que el ciudadano WILLIAM JOSE DIAZ HERNANDEZ ha construido en la referida parcela de terreno, datan de aproximadamente tres (3) años e igualmente fueron realizadas las bienhechurías con el consentimiento de los demás solicitantes copropietarios antes mencionados; el Tribunal comprobado cómo ha sido el derecho que la solicitante alega administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano WILLIAM JOSE DIAZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.860.691, sobre una bienhechurías que consistente en un (1) local comercial de dos (2) plantas conformadas por: un (1) Taller Hidráulico, dos (2) oficinas administrativas y un (1) deposito, la construcción cuenta con una zona techada de ciento cincuenta metros cuadrados (150 mts2) de los cuales veintisiete metros cuadrados (27 mts2) están en una construcción de concreto destinadas a oficinas; veinticinco metros cuadrados (25 m2) con techo liviano a trabajar de taller, y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados (9.50 m2), destinados a instalaciones sanitarias. La nueva construcción se ubica en la fachada frontal del terreno con un ancho de seis metros (6mts) de longitud y se pega del lindero sur separado por una calle de servicio con la próxima parcela, con una longitud con doce metros con sesenta decímetros (12.60 mts). Cada planta posee setenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados (75.60m2) y al segundo nivel se accede por una escalera metálica en forma de “L”; dicha construcción tiene un área total aproximadamente de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150 MTS2). La obra esta hecha con la siguientes características: TECHOS: el techo de la construcción es de losacero calibre veintidós (22mm) con base de concreto de seis centímetros (6cm), con protección de manto impermeabilizante asfáltico y pintura reflectante. VENTANAS: Elaboradas en perfiles de aluminio y vidrio gris claro. PUERTAS: las puertas de acceso a las oficinas son de vidrio templado. Las puertas de servicio son metálicas entamboradas y las puertas interiores de madera entamboradas, las puertas metálicas fueron fondeadas con dos (2) capas de anticorrosivo y esmalte brillante, a las puertas de madera se les aplico fondo sellador y barniz. PISOS: los pisos del área administrativa son de cerámica. El piso de la planta baja tiene un acabado en cemento liso, al igual que las áreas de servicio. PAREDES: las paredes son de bloques de cemento de quince centímetros (15 cm) de espesor. Los acabados de las paredes son en friso liso, en paredes interiores. La fachada exterior se revestirá en tablita de ladrillo color natural. En los sanitarios, las paredes fueron cubiertas con cerámica, los cuartos de aseo e hidroneumático fueron revestidos con cerámica blanca de 20x20 cm. ESTRUCTURAS: la edificación tendrá un sistema estructural metálico tipo Conducen, según diseño estructural y losas tipo lasacero. La estructura metálica se le coloco dos (2) capas de fondo anticorrosivo y esmalte brillante color blanco. INSTALACIONES SANITARIAS: el abastecimiento de agua potable se realiza por medio de un (1) sistema hidroneumático, que consiste en un (1) tanque de almacenamiento de agua, un (1) sistema de bombeo, y de un (1) tanque de presión que contiene volúmenes variables de agua y aire. La presión ejercida por el aire sobre el agua, permite que esta abastezca las piezas sanitarias instaladas, con gato y presión adecuadas de diseño. Con tubos de PVC tipo PAVCO o similar, serie liviana, coeficiente de rugosidad C= 100, de 150 lbs/in2. Conexiones: PAVCO de 150 lbs, Válvulas: de extremos roscados 8.8 kg/cm2 (125 psi) SWP o 14 kg/cm2 (200 psi), WOG cuerpo de bronce, sombrerete roscado y vástago estacionario de rosca interior. Exterior: tubos de PVC tipo PAVCO o similar, serie liviana, coeficiente de rugosidad C=100, de 150 lbs/in2, arriñonadas en concreto pobre, conexiones: PVC tipo PAVCO de 150 lbs/in2. Válvulas: de extremos roscados 8.8 kg/cm2 (125 psi) SWP o 14 kg/cm2 (200 psi), WOG cuerpo de bronce, sombrerete roscado y vástago estacionario de rosca interior. Aguas Servida: Exterior (salida de los colectores), Exterior colectores, ventilación de cloacas (empotradas y no empotradas) e instalaciones para aguas pluviales, se colocaron tubos y conexiones PVC reforzado e=3.2mm con coeficiente de rugosidad n=0.009, presión de prueba 0.35 Mpa – 50psi. Los empalmes y conexiones se realizaron con soldadura liquida ASTM D 2564, especial para soldadura de PVC, coeficiente de rugosidad N=0.009, presión de prueba 0.35 Mpa- 50 psi; ubicada en la población de San Lorenzo, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta; según consta en documento debidamente protocolizado por ante la oficina la oficina Inmobiliaria de Registro Público, del Municipio Maneiro, del Estado Nueva Esparta, en fecha 26 de Mayo de 2003, Bajo el Nro. 39, Tomo 7, Folios 194 al 196, Segundo Trimestre del citado año 2003, y tiene un área de terreno de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360 MTS2), (DOCE METROS DE FRENTE O ANCHO POR TREINTA METROS DE FONDO O LARGO) (12x30 MTS) y el cual esta comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: Terreno de la ciudadana Irma Marcano; SUR: Terreno del ciudadano Juan Manuel Guerra Guerra; ESTE: su fondo, terreno de la ciudadana Yolanda Mata y OESTE: su frente, carretera principal que conduce a la población de Pampatar, la cual se une a la Avenida Íntercomunal Luisa Cáceres de Arismendí a unos 100 metros aproximadamente. Se deja a salvo los derechos de terceros de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y se advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fé y de los recaudos anexos a la presente solicitud, en ningún caso causara efecto de cosa Juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre lo inexactitud de los hechos afirmados por el solicitante.-----------
Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante, dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con lo artículos 111 y 112 del código de Procedimiento Civil, autorizándose para las mismas a la ciudadana MARIA ELENA ESPINOZA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.898.151, asistente de este Juzgado------------------------------------------------------ Dr. José Gregorio Pacheco,
Juez Prov. Del Municipio Maneiro.
El Secretario,
NOTA: En fecha 12-06-2012, se dicto y público el anterior decreto, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2012-1067, siendo las 2:00 p.m. Conste.-
El Secretario,

Abg. Pedro Miguel Gómez Millán.
Solicitud Nro. 2012-2082.