REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiuno de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-V-2012-000234
PARTE ACTORA: MARIO ALEXANDER PELAEZ BLONDELL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.13.980.461.
PARTE DEMANDADA: LINDA ANGELIS INFANTINO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.16.845.456.
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
En el día de hoy, veintiuno de junio de dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), oportunidad fijada para una entrevista con las partes y siendo que han comparecido los progenitores esta Jueza da inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el artículo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la causa seguida por el ciudadano MARIO ALEXANDER PELAEZ BLONDELL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.13.980.461 contra la ciudadana LINDA ANGELIS INFANTINO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.16.845.456. Se constituye este Juzgado a los fines que tenga lugar la indicada audiencia. Anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial de Protección se hace presente la parte actora, ciudadano MARIO ALEXANDER PELAEZ BLONDELL, plenamente identificado. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, ciudadana LINDA ANGELIS INFANTINO ROJAS. Habiendo realizado las explicaciones del caso, se llegó a un acuerdo provisional por un período de un mes con el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: el padre buscará a los niños desde la mañana y los lleva al Colegio y al menos tres días se los lleva del Colegio a su oficina y pasa con él toda la tarde y los lleva a su casa como a las 7:00 p.m. Las noches los niños lo pasarán con su madre excepto los fines de semana que le correspondan al padre. Los fines de semana son compartidos un fin de semana para cada uno. Es todo. Esta Jueza de conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes dicta Medida de Prohibición de Salida del estado de los niños IDENTIDAD OMITIDA de dos y un año de edad, respectivamente y se ordena librar los respectivos oficios a las Autoridades competentes a fin que se de cumplimiento estricto a la medida dictada por esta Jueza. Ahora bien, revisado como ha sido el acuerdo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que indica como principio fundamental el Interés Superior del Niño, así como el contenido de la Convención de los Derechos del Niño y el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA el acuerdo PROVISIONAL suscrito por los ciudadanos MARIO ALEXANDER PELAEZ BLONDELL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.13.980.461 contra la ciudadana LINDA ANGELIS INFANTINO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.16.845.456 considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 315 y 518 ejusdem. Señalando esta Instancia a las partes intervinientes en el presente caso, que el incumplimiento del acuerdo conciliatorio celebrado, acarreará las sanciones dispuestas en los artículos 270 y 489-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se prolonga la Fase de Mediación de la audiencia preliminar y se fija para el día 17/7/2012 a las 9:00 a.m. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez
Fanny Luz Márquez
el ciudadano
MARIO ALEXANDER PELAEZ BLONDELL,
la ciudadana
LINDA ANGELIS INFANTINO ROJAS
La Secretaria,
Maria Laura Brito
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