ASUNTO : VP02-S-2012-00143

RESOLUCION N°.-1079-12

Visto el escrito presentado por la abogada: SOREIDYS QUIROZ RODRIGUEZ en su condición de fiscala Auxiliar Quincuagésima Primera del Ministerio Publico, mediante el cual notifica a este Juzgado que en fecha: 25 de Mayo de 2012, decreto el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, de la investigación instruida en contra del ciudadano: DANY OSCAR LEON MENDEZ, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N°V.-11.029.467, con residencia en: Sector la Silvera, calle principal, casa sin número, Parroquia Chiquinquirá, municipio la Cañada de Urdaneta; por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: CARMEN CECILIA LEON VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.029.467, residenciado en: Avenida Bella Vista, con calle 86 edificio Santa Fe, piso 6, apartamento 6B, Parroquia Santa Lucía; este Tribunal observa que el Representante del Ministerio Público, es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 Ejusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Observándose que para el asunto de marras, se cumplieron con los requisitos legales, y tomando en consideración que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado Venezolano, ni intereses colectivo y difusos, no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En razón de lo cual esta Juzgadora ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL y el CESE DE TODA MEDIDA DECRETADA EN CONTRA DEL CIUDADANO: DANY OSCAR LEON MENDEZ EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA.- ASI SE DECLARA.-

DECISION

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DA POR NOTIFICADO Y ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL de la investigación instruida en contra del ciudadano: DANY OSCAR LEON MENDEZ, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad N°V.-11.029.467, con residencia en: Sector la Silvera, calle principal, casa sin número, Parroquia Chiquinquirá, municipio la Cañada de Urdaneta; por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: CARMEN CECILIA LEON VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.029.467, residenciado en: Avenida Bella Vista, con calle 86 edificio Santa Fe, piso 6, apartamento 6B, Parroquia Santa Lucía, y el CESE DE TODA MEDIDA DECRETADA EN CONTRA DEL REFERIDO IMPUTADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y la remisión de las presentes actuaciones a la FISCALIA QUINCUAGESIMA PRIMERA del Ministerio Publico. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese a las partes.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS,

DRA. ROSARIO CHACON DE GUERRERO.

LA SECRETARIA,

ABG. ANDREINA RAMIREZ