REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintiuno (21) de junio de dos mil doce (2012).-
Años: 202º y 153º
ASUNTO: OP02-L-2012-000038
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha once (11) de junio de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda en fecha dieciocho (18) de junio de dos mil doce (2012), por la Abogada MARÍA ANTONIETA TAVERA ROMERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 66.854, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa OK VIP CLUB, C.A., constante de tres (03) folios útiles, los cuales se ordena agregar a los autos, en consecuencia se ordena remitir el presente asunto al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Librase oficio correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZA,
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
LA SECRETARIA,
ESV/yi.-